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Creación de un Consejo Autonómico de Colegios Profesionales

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 231
  • SIA: 1813008

Objeto:

Atribución de personalidad jurídica a la Corporación Pública que se crea.

¿Quién lo puede solicitar?

Colegios Profesionales

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, presentada por la Comisión Gestora constituida al efecto, y compuesta por representantes designados por las Juntas Directivas de los Colegios afectados, en la que deberán constar los datos de identificación de los Colegios promotores.

  • Certificado de los Colegios Profesionales que instan la creación del Consejo de Colegios Profesionales, nombrando la Comisión Gestora encargada de la tramitación del correspondiente expediente.
  • Certificados de los acuerdos de las Asambleas Generales favorables a la creación del Consejo de Colegios de Castilla y León.
  • Certificado de cada uno de los Colegios Profesionales existentes en el ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma, en el que se haga constar el número de colegiados existentes a la fecha de la toma de acuerdo de adhesión a la propuesta de creación del mencionado Consejo de Colegios.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 MESES.

Notificaciones:

  • Publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • LEY 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales (BOE 15-02-1974).
  • LEY 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León (BOCyL 10-07-1997).
  • DECRETO 26/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Castilla y León (BOCyL 27-02-2002)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Colegios Profesionales

Órgano que resuelve:

Junta de Castilla y León

Información adicional:

  • La Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero competente en materia de colegios profesionales, remitirá a las Cortes Regionales el Proyecto de Ley.
  • Una vez aprobada la Ley se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León y el órgano gestor practicará las inscripciones que procedan en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (141 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica