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Tarjeta acreditativa de Discapacidad

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2614
  • SIA: 1253479

Objeto:

La tarjeta sirve para que una persona pueda acreditar su grado de discapacidad sin necesidad de tener que mostrar la Resolución administrativa.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% (Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre)

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Estar empadronado en Castilla y León.
  • Disponer de Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjero.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de Resolución de reconocimiento del grado de discapacidad emitido por el órgano competente.

A las personas a las que se les reconozca el grado de discapacidad mediante Resolución Administrativa por las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales de Castilla y León, se les tramita la tarjeta de oficio. No tienen que realizar la solicitud.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

2 Meses.
 

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Legislación aplicable:

  • Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre (BOE 13-03-2000)
  • ORDEN FAM/859/2010, de 11 de junio, por la que se crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento de su expedición (BOCyL 21-06-2010)
  • ORDEN FAM/419/2021, de 9 de abril, por la que se modifica la Orden FAM/859/2010, de 11 de junio, por la que se crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento de su expedición.  (BOCyL 19-04-2021)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Gerencias Territoriales de Servicios Sociales

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Descargar formularios y anexos