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Anulación de Avales constituidos telemáticamente

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3410
  • SIA: 2985778

Objeto:

Si se advierte un error en un aval constituido telemáticamente a través de la Oficina Virtual de la Caja General de Depósitos de la Comunidad de Castilla y León, la entidad financiera podrá solicitar la anulación de la garantía.

¿Quién lo puede solicitar?

Apoderados autorizados de entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca adheridas al sistema de constitución telemática de garantías mediante aval.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Ser uno de los apoderados que firmó (en la Oficina Virtual de la Caja General de Depósitos) el aval que se solicita anular

Firmar electrónicamente la solicitud con el certificado de representante de persona jurídica que se utilizó para firmar el aval constituido telemáticamente.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Inmediatamente después de advertir el error en la constitución del aval.

Plazo de resolución:

Inmediato, previa verificación del cumplimiento de requisitos.

En todo caso, y por defecto, 3 meses en virtud del artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Notificaciones:

La confirmación, en su caso, de la cancelación se comunica a la entidad financiera vía correo electrónico que genera la Oficina Virtual cuando se anula el aval por parte de los usuarios de la Dirección General que gestiona la Caja General de Depósitos.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Artículo 171 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
  • Decreto 7/2003, de 16 de enero, por el que se regula la Caja General de Depósitos de la Comunidad de Castilla y León.
  • Orden EYH/806/2021, de 28 de junio, por la que se regula la constitución telemática de garantías mediante aval ante la Caja General de Depósitos de la Comunidad de Castilla y León, así como su posterior cancelación.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General del Tesoro y de Política Financiera

Órgano que resuelve:

Dirección General del Tesoro y de Política Financiera

Información adicional:

Si cuando se recibe la solicitud de cancelación el aval no se ha generado todavía en la aplicación informática de gestión de la depositaría, la Caja General de Depósitos podrá anular el aval directamente en la Oficina Virtual. Pero si la garantía constituida en la Oficina Virtual ya ha sido generada en la aplicación informática de gestión de la depositaría, el procedimiento de cancelación exigirá acuerdo de devolución emitido por el órgano o centro gestor de la Administración a favor del que se constituyó el aval.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.