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Reconocimiento de órganos de gestión y de consejos reguladores de Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) y aprobación o modificación de sus reglamentos

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2882
  • SIA: 2084433

Objeto:

Regular el reconocimiento de órganos de gestión y consejos reguladores de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas de Castilla y León, aprobar sus normas específicas reguladoras (reglamentos) y modificaciones.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Reconocimiento como órgano de gestión y aprobación de reglamento: Podrá solicitarlo cualquier organización de productores y/o transformadores vinculados a productos agroalimentarios amparados por una DOP, IGP o IG, siempre que cumpla los requisitos.
  • Reconocimiento como Consejo Regulador: Podrá solicitarlo un órgano de gestión de una o varias DOP/IGP de productos agrícolas y alimenticios de Castilla y León o de una o varias IG de bebidas espirituosas, siempre que cumpla los requisitos.
  • Aprobación o modificación de un reglamento: Podrá solicitarla el órgano de gestión o Consejo Regulador de una DOP, IGP o IG, previa aprobación de la propuesta por su órgano de decisión con una mayoría de dos tercios de los miembros con derecho a voto.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Lo establecido en la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León, en la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, y en el DECRETO 50/2018, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León.

Descarga del documento tipo PDF Requisitos a cumplir. Abre una nueva ventana Requisitos a cumplir (185 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

a) Reconocimiento como órgano de gestión y aprobación de su reglamento

  • Estatutos o normas de composición, funcionamiento, gobierno y administración de la entidad, de conformidad con el artículo 143.1.c) de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
  • Relación de operadores integrantes y documentación acreditativa de su implantación en la producción, transformación y comercialización de los productos protegidos, conforme al artículo 143.1.b) de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
  • Memoria de viabilidad con estructura organizativa, medios administrativos y técnicos, costes asociados y recursos económicos suficientes para el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 142 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
  • Borrador del reglamento de funcionamiento firmado por el representante.
  • Certificado o copia del acta del acuerdo de solicitud de reconocimiento.
  • Compromiso de cumplimiento de los fines y funciones establecidos en el artículo 142 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, así como del pliego de condiciones.

b) Reconocimiento como Consejo Regulador y aprobación de su reglamento

  • Relación de operadores integrantes y documentación acreditativa de su implantación en la producción, transformación y comercialización de los productos protegidos, conforme al artículo 146.2.a) de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
  • Memoria de viabilidad con estructura organizativa, recursos administrativos y técnicos, costes asociados y recursos económicos suficientes para el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 148 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
  • Borrador del reglamento de funcionamiento firmado por el representante, incluyendo los tipos e importes máximos de cuotas y derechos por prestación de servicios.
  • Certificado o copia del acta del acuerdo de solicitud de reconocimiento.
  • Compromiso de cumplimiento de las funciones previstas en el artículo 148 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
  • Declaración de cumplimiento de la normativa comunitaria aplicable y del pliego de condiciones.

c) Nuevo reglamento o modificación de uno existente

  • Propuesta de reglamento o de modificación firmada por el representante.
  • Certificado o copia del acta del acuerdo de aprobación por el órgano de decisión, adoptado por una mayoría de, al menos, dos tercios de los miembros con derecho a voto.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente

Plazo de resolución:

6 meses.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Recurso de ALZADA.

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • LEY 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. (BOCyL 20-03-2014)
    • Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León («B.O.C. y L.» nº 116 de 16 de junio)
    • DECRETO 50/2018, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León. (BOCyL 24-12-2018)
       

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria

    Órgano que resuelve:

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

    Protección de los datos de carácter personal:

    Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (323 kbytes)

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.

     

    Tramitación electrónica