Reconocimiento de órganos de gestión y de consejos reguladores de Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) y aprobación o modificación de sus reglamentos
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Regular el reconocimiento de órganos de gestión y consejos reguladores de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas de Castilla y León, aprobar sus normas específicas reguladoras (reglamentos) y modificaciones.
¿Quién lo puede solicitar?
- Reconocimiento como órgano de gestión y aprobación de reglamento: Podrá solicitarlo cualquier organización de productores y/o transformadores vinculados a productos agroalimentarios amparados por una DOP, IGP o IG, siempre que cumpla los requisitos.
- Reconocimiento como Consejo Regulador: Podrá solicitarlo un órgano de gestión de una o varias DOP/IGP de productos agrícolas y alimenticios de Castilla y León o de una o varias IG de bebidas espirituosas, siempre que cumpla los requisitos.
- Aprobación o modificación de un reglamento: Podrá solicitarla el órgano de gestión o Consejo Regulador de una DOP, IGP o IG, previa aprobación de la propuesta por su órgano de decisión con una mayoría de dos tercios de los miembros con derecho a voto.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Lo establecido en la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León, en la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, y en el DECRETO 50/2018, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León.
Requisitos a cumplir (185 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
a) Reconocimiento como órgano de gestión y aprobación de su reglamento
- Estatutos o normas de composición, funcionamiento, gobierno y administración de la entidad, de conformidad con el artículo 143.1.c) de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
- Relación de operadores integrantes y documentación acreditativa de su implantación en la producción, transformación y comercialización de los productos protegidos, conforme al artículo 143.1.b) de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
- Memoria de viabilidad con estructura organizativa, medios administrativos y técnicos, costes asociados y recursos económicos suficientes para el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 142 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
- Borrador del reglamento de funcionamiento firmado por el representante.
- Certificado o copia del acta del acuerdo de solicitud de reconocimiento.
- Compromiso de cumplimiento de los fines y funciones establecidos en el artículo 142 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, así como del pliego de condiciones.
b) Reconocimiento como Consejo Regulador y aprobación de su reglamento
- Relación de operadores integrantes y documentación acreditativa de su implantación en la producción, transformación y comercialización de los productos protegidos, conforme al artículo 146.2.a) de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
- Memoria de viabilidad con estructura organizativa, recursos administrativos y técnicos, costes asociados y recursos económicos suficientes para el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 148 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
- Borrador del reglamento de funcionamiento firmado por el representante, incluyendo los tipos e importes máximos de cuotas y derechos por prestación de servicios.
- Certificado o copia del acta del acuerdo de solicitud de reconocimiento.
- Compromiso de cumplimiento de las funciones previstas en el artículo 148 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
- Declaración de cumplimiento de la normativa comunitaria aplicable y del pliego de condiciones.
c) Nuevo reglamento o modificación de uno existente
- Propuesta de reglamento o de modificación firmada por el representante.
- Certificado o copia del acta del acuerdo de aprobación por el órgano de decisión, adoptado por una mayoría de, al menos, dos tercios de los miembros con derecho a voto.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto y permanente
Plazo de resolución:
6 meses.
Notificaciones:
Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- LEY 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. (BOCyL 20-03-2014)
- Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León («B.O.C. y L.» nº 116 de 16 de junio)
- DECRETO 50/2018, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León. (BOCyL 24-12-2018)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria
Órgano que resuelve:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (323 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.