Habilitación y/o delegación de determinadas funciones de control oficial y/o relacionadas con otras actividades oficiales en técnicos que prestan servicios en los órganos de gestión de DOP/IGP
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Regular las habilitaciones de los técnicos encargados de realizar el control en los órganos de gestión o en los Consejos Reguladores y la delegación en personas físicas de funciones de control y funciones relacionadas con otras actividades oficiales.
¿Quién lo puede solicitar?
- Para las habilitaciones de los técnicos, los Órganos de gestión o Consejos Reguladores de Figuras de Calidad Diferenciada de Productos Agroalimentarios de las Denominaciones Geográficas de Calidad o de Denominaciones de origen protegidas vínicas.
- Para la delegación de funciones de control oficial y las relacionadas con otras actividades oficiales, las personas físicas interesadas.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Para que la autoridad competente proceda a habilitar a un técnico que vaya a realizar tareas de control debe verificar que se dan las siguientes condiciones con carácter previo a la concesión de la habilitación:
- Que cuenta con la competencia técnica necesaria para el desarrollo de dichas tareas.
- Que existe garantía de independencia e imparcialidad por parte del técnico habilitado.
- Que su actuación se lleva a cabo bajo su tutela.
Para que la autoridad competente proceda a delegar funciones de control oficial y funciones relacionadas con otras actividades oficiales en personas físicas debe verificar que se dan las siguientes condiciones con carácter previo a la delegación:
- Que posee la experiencia, los equipos y la infraestructura necesarios para realizar las tareas que solicita delegación.
- Que posean la cualificación y experiencia adecuadas.
- Que actúe con independencia, imparcialidad y sin ningún conflicto de intereses.
¿Qué documentos necesito?
La solicitud de habilitación se presentará mediante instancia dirigida al Director General del Instituto, según modelo normalizado y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
- Copia del documento de relación contractual que acredite la prestación de servicios técnicos.
- Currículum Vitae del técnico.
- Copia de los títulos u otros méritos indicados en el Currículum Vitae.
- Documento firmado por el técnico en el que se compromete a:
- Cumplir los procedimientos e instrucciones de control que establezca el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en relación con el intercambio de información relativa a las actuaciones de control.
- Tomar las medidas necesarias para evitar que las decisiones del órgano de gestión interfieran en la independencia e imparcialidad de las actuaciones de control que realice el personal habilitado.
- Tratar confidencialmente los datos e información obtenida en el ejercicio de las tareas de control.
- Declarar toda asociación previa o actual con los operadores en los que realice tareas de control.
- Revelar toda situación que conozcan que les pueda producir un conflicto de intereses.
- Cumplir con los requisitos adicionales que pueda establecer el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León para garantizar la competencia técnica, confidencialidad, independencia e imparcialidad de sus actuaciones.
- Comunicar inmediatamente cualquier incidencia detectada que pueda afectar a la competencia técnica, confidencialidad, independencia e imparcialidad de las actuaciones de control que realice el personal habilitado que presta servicios técnicos al órgano de gestión o Consejo Regulador.
La solicitud de delegación se presentará mediante instancia dirigida al Director General del Instituto, según modelo normalizado y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
- Currículum Vitae y evidencias de la cualificación, formación y experiencia.
- Documento firmado por el técnico en el que se compromete a:
- Cumplir los procedimientos documentados que el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León tenga establecido para realizar las funciones de control oficial y funciones relacionadas con otras actividades oficiales.
- Cumplir con las instrucciones que Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León establezca en relación con el intercambio de información relativa a las actuaciones de las funciones de control oficial y funciones relacionadas con otras actividades oficiales.
- Tomar las medidas necesarias para garantizar la independencia e imparcialidad en el ejercicio de las funciones de control oficial y funciones relacionadas con otras actividades oficiales delegadas.
- Tratar confidencialmente los datos e información obtenida en el ejercicio de las funciones de control oficial y funciones relacionadas con otras actividades oficiales delegadas.
- Declarar toda asociación previa o actual con los operadores en los que realice funciones de control oficial y funciones relacionadas con otras actividades oficiales.
- Revelar toda situación que conozcan que les pueda producir un conflicto de intereses.
- Cumplir con los requisitos adicionales que pueda establecer el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León para garantizar la competencia técnica, confidencialidad, independencia e imparcialidad de sus actuaciones.
- Comunicar inmediatamente cualquier modificación de la documentación presentada relacionada con la competencia técnica, confidencialidad, independencia e imparcialidad.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto y permanente
Plazo de resolución:
3 meses.
Notificaciones:
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. (BOCyL 20-03-2014)
- Ley 8/2005 de 10 Junio de la viña y del vino de Castilla y León. (BOCyL 16-06-2005)
- Decreto 50/2018, de 20 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León. (BOCyL 24-12-2018)
- Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizadas para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios. (DOUE 07-04-2017)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria
Órgano que resuelve:
Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (338 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos