Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), para el desarrollo de itinerarios para la capacitación e inserción laboral de mujeres en situación de especial vulnerabilidad (2023)

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3474
  • SIA: 3016335
  • BDNS (Identificador): 700545

Fecha de publicación:

6 de junio de 2023

Objeto:

Convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, durante el año 2023, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) (Programa FSE+ de Castilla y León 2021-2027), con una tasa de cofinanciación del 60%, para el desarrollo de proyectos dentro del programa CAPACITA, que supone la realización de itinerarios para la capacitación de mujeres vulnerables.

El objetivo general es financiar proyectos en materia de capacitación e inserción laboral con la finalidad de mejorar la empleabilidad de mujeres en situación de especial vulnerabilidad en el ámbito de Castilla y León, fomentando que, al menos, 522 mujeres mejoren su situación personal o/y laboral a través de medidas de fomento de igualdad de género conforme a lo establecido en el Objetivo específico ES 04.8 del Programa 2021-2027 Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los colectivos desfavorecidos (FSE+), a través de proyectos que se encuadren dentro de las líneas programáticas establecidas.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 7 de junio de 2023 hasta el 20 de junio de 2023

Más Detalles:

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades del Tercer Sector de Acción Social (Artículo 2 de la Ley 5/2021, de 14 de septiembre, y de modificación de la Ley 8/2006, de 10 de octubre), inscritas en el censo de organizaciones del Tercer Sector Social.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las entidades deberán estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Carácter Social de Castilla y León regulado en el Decreto 109/1993, de 20 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se regula la Autorización, la Acreditación y el Registro de las entidades, servicios y centros de carácter social en Castilla y León o en el Registro de Entidades para la Igualdad de Oportunidades, regulado en el Decreto 6/2000, de 13 de enero, por el que se regula la acreditación y Registro de Entidades y Centros de asistencia a la mujer en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, modificado por el Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las Víctimas de Violencia de Género de Castilla y León, antes de que finalice el plazo de presentación de las solicitudes de esta subvención.

Deberán tener recogido en sus estatutos, con al menos dos años de antelación, fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención y propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los itinerarios que, además de cumplir el resto de los requisitos establecidos, se encuadren en el ámbito de capacitación e inserción social y laboral de mujeres en situación de especial vulnerabilidad en el ámbito de Castilla y León a través de alguna de las siguientes líneas programáticas:

a) Línea programática de atención a mujeres inmigrantes.

b) Línea programática destinada a la integración personal, social y laboral de las mujeres víctimas de violencia de género.

c) Línea programática de atención a las necesidades de mujeres con discapacidad.

d) Línea programática de atención a mujeres de etnia gitana.

e) Línea programática de proyectos dirigidos a la integración, social y laboral de mujeres especialmente vulnerables y no incluidas en las líneas programáticas anteriores: mujeres prostituidas, mujeres drogodependientes, etc.

El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Descarga del documento tipo PDF Desarrollo y contenido de las líneas programáticas. Abre una nueva ventana Desarrollo y contenido de las líneas programáticas (96 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía individualizada correspondiente a cada entidad beneficiaria, será el 100% del presupuesto aceptado del proyecto presentado teniendo en cuenta el orden de prelación obtenido en función de la puntuación al aplicar los criterios de valoración.
  • La petición de financiación para cada proyecto no podrá superar el 33% del crédito asignado a cada línea programática.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, una por cada entidad, en la que solo podrán incluir la petición de financiación para un proyecto por línea programática, con un máximo de dos líneas.

La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de la Mujer para obtener directamente o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad del representante legal de la entidad y el cumplimiento por la entidad solicitante de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La solicitud se acompañará de la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos:

  • Documentación que acredite el poder bastante en derecho del representante para actuar en nombre y representación de la entidad.
  • Memoria detallada de las actuaciones que comprenden el proyecto con indicación del plazo y de las condiciones de ejecución, según el modelo normalizado, que incluirá el cronograma de las actuaciones que se vayan a realizar en el proyecto. Los datos no cumplimentados en dicha memoria no podrán ser tenidos en cuenta a efectos de su valoración.
  • En su caso, acreditación de los sistemas de calidad de que disponen.
  • En su caso, documentación acreditativa de la realización de acciones de igualdad entre mujeres y hombres en las áreas establecidas

En el caso de oposición expresa a la consulta de datos, deberá presentar:

  • Copia NIF de la entidad solicitante
  • Copia DNI o NIE de la persona representante de la entidad.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de la Mujer

Órgano que resuelve:

Gerencia de Servicios Sociales

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Pago y anticipos

  • El pago de las subvenciones se realizará una vez justificada por la entidad la realización del  proyecto y la consecución del objetivo para el que se concedió la subvención, mediante transferencia bancaria a la indicada por la entidad beneficiaria en su solicitud.
  • Podrá concederse, previa solicitud de la entidad beneficiaria, un anticipo del 100 % del importe de la subvención. Dada la naturaleza jurídica y fines de las entidades beneficiarias de las ayudas, no se considera necesaria la constitución de garantías.
  • El anticipo deberá ser solicitado por la entidad en el momento de presentar su solicitud de subvención en el modelo normalizado existente.
  • Una vez justificado el destino de este anticipo se realizará, en su caso, la liquidación de la subvención.

Plazo y forma de justificación

  • La fecha límite para la presentación de la documentación justificativa de las actividades subvencionadas será el 9 de febrero de 2024. Este plazo, podrá ser prorrogado por el Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León.
  • Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado.

Calificación tributaria de la subvención

  • Estas subvenciones estarán sujetas, según corresponda, al impuesto de sociedades en los términos previstos en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades o al impuesto sobre la renta de las personas físicas en los términos establecidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Compatibilidad

Las subvenciones serán compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso que, para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la de la Unión Europea o internacionales, reciba la entidad beneficiaria siempre que, el importe total subvencionado, en ningún caso supere, aisladamente o en concurrencia con otras, el coste total de la actividad subvencionada.

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE SERVICIOS SOCIALES DE CASTILLA Y LEÓN RELATIVA A LAS SUBVENCIONES, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (+), PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS QUE TENGAN POR OBJETO LA CAPACITACIÓN E INSERCIÓN LABORAL DE MUJERES EN SITUACIÓN DE ESPECIAL VULNERABILIDAD, EN EL ÁMBITO DE CASTILLA Y LEÓN. (CÓDIGO BDNS 700545)

Descarga del documento tipo PDF Resolución de concesión (publicada 15-09-2023). Abre una nueva ventana Resolución de concesión (publicada 15-09-2023) (602 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (136 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.