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Procedimientos administrativos para la tramitación de los Cotos de Caza de acuerdo con la Ley 4/1996

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1882
  • SIA: 2440585

Objeto:

Solicitar la aprobación de alguno de los siguientes procedimientos administrativos relacionados con cotos de caza, Constitución, Prórroga, Ampliación, Segregación, Cambio de titularidad, Adecuación y Anulación, de acuerdo con los requisitos y obligaciones establecidas en la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.

Con la entrada en vigor el pasado 8 de agosto de 2021 de la nueva Ley de Caza de Castilla y León, Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León, la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León ha quedado derogada.

Así, las nuevas condiciones y requisitos que han de cumplir los cotos de caza, como el procedimiento que han de seguir para su constitución, renovación, ampliación, reducción o extinción, pasan a ser los establecidos los artículos 22 al 27 y 73 de la citada Ley 4/2021.

No obstante, y tal como se establece en la Disposición transitoria Primera “Procedimientos en tramitación” de la Ley 4/2021, los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la nueva Ley, continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su incoación.

Por tanto, todos los procedimientos de cotos de caza (Constitución, Prórroga, Ampliación, Segregación, Cambio de titularidad, Adecuación y Anulación) cuya solicitud fue presentada ANTES del 8 de agosto de 2021 continuarán tramitándose de acuerdo con los requisitos y obligaciones establecidas en la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Cualquier persona, física o jurídica, que cumpla con los requisitos exigidos.
  • La segregación de terrenos incluidos en un coto de caza también puede ser solicitada por el propietario, o titular de otros derechos al aprovechamiento cinegético, de las parcelas para las que se solicita la segregación.
  • En el caso de la anulación de un coto de caza, podrá ser solicitada por los propietarios de las parcelas que conforman el acotado siempre que correspondan al menos al 75% de la superficie del coto.

¿Qué requisitos debo cumplir?

AVISO IMPORTANTE. Los requisitos aquí descritos son de aplicación EXCLUSIVAMENTE para aquellas solicitudes de procedimientos de cotos de caza presentadas ANTES del 8 de agosto de 2021, fecha en la que entró en vigor de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.
 

Descarga del documento tipo PDF Requisitos. Abre una nueva ventana Requisitos (91 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud  de Incorporación de datos o documentos a un procedimiento administrativo ya iniciado, conforme al modelo normalizado, dirigido al Servicio Territorial de Medio Ambiente de su provincia, y acompañado de la documentación requerida según el caso.

Tasas: 

  • Para la tramitación de los procedimientos de Constitución, Prórroga, Ampliación, Segregación, Cambio de titularidad y Adecuación será preciso proceder al abono de la tasa correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 92.7 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León y en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
  • Código 305.6 Tasa en materia de caza / Cotos privados y federativos de caza
    • a) Tramitación de expedientes de constitución o de adaptación de coto de caza: 222,20 euros.
    • b) Tramitación de expedientes de ampliación, de segregación, de cambio de titularidad y de prórroga de coto de caza: 111,10 euros.
  • El ABONO de la tasa podrá realizarse a través del modelo 046 disponible en el apartado de “Información de tasas”,  debiendo adjuntar el justificante del pago junto a la solicitud correspondiente. 

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar por trámite. Abre una nueva ventana Documentación a presentar por trámite (99 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones en el caso de personas físicas, o representante de personas físicas, cuando así lo hayan indicado en su solicitud.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a través del correo electrónico indicado en su solicitud, en el caso de personas jurídicas y el resto de sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, o sus representantes, así como en el caso de personas físicas, o representante de personas físicas, cuando así lo hayan indicado en su solicitud.   

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

  • LEY 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León (BOCyL 08-07-2021)
  • Ley 4/1996, de 12 julio 1996, de caza de Castilla y León. (BOCyL 22-06-1996).
  • Ley 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la comunidad Autónoma de Castilla y León. (BOCyL 29-03-2019).
  • Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV «De los terrenos», de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León (BOCyL 06-05-1998) Modificado por DECRETO 38/2013, de 25 de julio (BOCyL 31-07-2013)
  • Orden de 27 de agosto de 1998, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen los modelos oficiales y la documentación necesaria para solicitar la constitución, ampliación, segregación, cambio de titularidad, prórroga y adecuación de los Cotos de Caza (BOCyL 11-09-1998)
  • Orden de 18 de junio de 1998, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen normas para la señalización de los terrenos, a efectos cinegéticos (BOCyL 29-06-1998)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Órgano que resuelve:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información adicional:

Relación de parcelas SIGPAC correspondientes al Coto de Caza en formato digital

  • Se recomienda que, previamente a la presentación de la solicitud de cualquiera de los trámites, se ponga en contacto con la Sección de Caza y Pesca del Servicio Territorial de Medio Ambiente de su provincia, en el teléfono/correo electrónico indicado en el enlace adjunto, el cual le podrá facilitar la relación de parcelas SIGPAC correspondientes a su acotado en formato digital, así como aclararle cualquier duda que tenga sobre su presentación y tramitación.
  • https://medioambiente.jcyl.es/web/es/caza-pesca/enlaces-direcciones-interes.html

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (466 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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