Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Convocar la celebración de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional del sistema educativo, válidas para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial, en la Comunidad de Castilla y León, en el año 2026.
¿Quién lo puede solicitar?
Aquellos ciudadanos que desean cursar estos estudios, pero carecen de los requisitos académicos exigidos en la normativa legal para poder acceder a ellos.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
1. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio se requerirá tener, al menos, diecisiete años de edad o cumplirlos en el año 2026 y no reunir ninguno de los requisitos académicos de acceso a los ciclos formativos de grado medio.
2. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior se requerirá tener, al menos 19 años o cumplirlos durante el año 2026 y no reunir ninguno de los requisitos académicos de acceso a los ciclos formativos de grado superior.
3. Quienes, habiendo superado las pruebas de acceso a ciclos formativos en convocatorias anteriores, deseen elevar las calificaciones obtenidas, podrán presentarse de nuevo para la realización de la prueba completa. Estos alumnos o alumnas podrán hacer uso de las calificaciones obtenidas en esta convocatoria, o en la anterior.
¿Qué documentos necesito?
Las personas interesadas cumplimentarán la solicitud de inscripción a través de la aplicación web específica para ello, disponible desde el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es) y desde la sede electrónica de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleón.jcyl.es).
La aplicación web genera una solicitud, para presentar junto con la correspondiente documentación indicada en el punto 6 de este apartado.
La solicitud de inscripción se presentará, junto con la correspondiente documentación, por alguno de los siguientes medios:
- De manera presencial, preferentemente en la secretaría de los centros docentes donde vaya a celebrarse la prueba y que se encuentran recogidos en el anexo V, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si, en el uso de este derecho, la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que proceda a su certificación.
- De forma electrónica, a través de la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es). Para ello las personas solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
Las personas aspirantes que necesiten adaptaciones o condiciones especiales para la realización de la prueba deberán indicarlo en el momento de presentación de la solicitud adjuntando la documentación acreditativa que justifique su situación.
Las personas aspirantes que se inscriban a la parte específica deberán indicar en su solicitud de inscripción la materia de bachillerato seleccionada, elegida entre las que figuran en la opción correspondiente del anexo III de la orden.
TASAS: Según lo dispuesto en la
Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
, la participación en las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional conlleva el abono de una tasa, que es de 15,00 € para grado medio y de 20,00 € para grado superior, en concepto de matrícula. La matrícula solo será efectiva tras el pago de la tasa correspondiente a los derechos de examen. La no presentación a las pruebas no comportará la devolución de las tasas.
- Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos pertenecientes a familias numerosas de categoría especial, gozando de una bonificación del 50% de la cuota los sujetos pasivos pertenecientes a familias numerosas de categoría general.
- Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos que presenten una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento y los sujetos pasivos que tengan la condición de víctimas del terrorismo en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Victimas del Terrorismo en Castilla y León.
Junto con la solicitud, que en el caso de presentación electrónica se enviará digitalizada, se aportará copia de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (129 kbytes)
Fecha de publicación:
3 de marzo de 2026
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 6 de marzo de 2026 hasta el 26 de marzo de 2026
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Te interesa saber:
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Estructura, contenido y exenciones de la pruebas de acceso
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Contenido:
OBJETO CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LA PRUEBA A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
- La prueba de acceso, común a todos los ciclos formativos de grado medio, tiene por objeto acreditar las competencias, conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente.
- El contenido de la prueba tomará como referente el nivel competencial 3 de las competencias básicas del Marco de Referencia para la evaluación y acreditación de las Competencias Básicas de las Personas Adultas establecidas en el Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero establecido, que se incluye como anexo I de esta orden.
Anexo I: Marco de Referencia para la evaluación y acreditación de las Competencias Básicas de las Personas Adultas (778 kbytes)
- La prueba de acceso se estructura en tres partes relacionadas con las citadas competencias básicas:
- a) Competencia básica comunicativa en lengua castellana, que consta de los siguientes dominios: expresión oral, comprensión oral, expresión escrita y comprensión escrita.
- b) Competencia básica matemática, que consta de los siguientes dominios: números y cálculo, formas y medidas, y gráficos y estadísticas.
- c) Competencia básica digital, que consta de los siguientes dominios: información y alfabetización digital, comunicación y colaboración, creación de contenidos digitales, seguridad, y resolución de problemas.
La superación de las tres competencias básicas que componen la prueba permitirá el acceso para cursar cualquier ciclo formativo de formación profesional de grado medio y a las enseñanzas deportivas de grado medio o a las formaciones deportivas de nivel I
EXENCIONES EN LA PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
- Quedarán exentos parcialmente de la prueba de acceso de la parte que corresponda, las personas que hayan superado alguna de las competencias básicas del curso preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado medio.
- En lo referente al acceso a los grados medios de las enseñanzas deportivas, no será de aplicación la exención parcial establecida en el punto 1.
- En el caso de que la persona aspirante tenga derecho a la exención prevista en el punto 1 deberá adjuntar el día de la realización de la prueba de acceso la copia del certificado de superación parcial del curso preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado medio, quedando exenta de la realización de la parte de la prueba de acceso correspondiente.
OBJETO CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LA PRUEBA A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
- La prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior, tiene por objeto acreditar las competencias, conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente.
- La prueba de acceso se estructura en dos partes:
a) Una parte común de carácter obligatorio que evalúa las competencias básicas.
b) Una parte específica de carácter voluntario que evalúa la competencia clave correspondiente a la enseñanza a la que se quiere acceder.
- La parte común está relacionada con las siguientes competencias básicas:
- a) Competencia Básica Comunicativa en lengua castellana, que consta de los siguientes dominios: expresión oral, comprensión oral, expresión escrita y comprensión escrita.
- b) Competencia Básica Matemática, que consta de los siguientes dominios: números y cálculo, formas y medidas, y gráficos y estadísticas
- c) Competencia básica digital, que consta de los siguientes dominios: información y alfabetización digital, comunicación y colaboración, creación de contenidos digitales, seguridad, y resolución de problemas.
El contenido de la parte común tomará como referente el nivel competencial 4 de las competencias básicas del Marco de Referencia para la evaluación y acreditación de las Competencias Básicas de las Personas Adultas establecidas en el Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero establecido, que se incluye como anexo II de esta orden.
La superación de las tres competencias básicas permitirá el acceso para cursar cualquier ciclo formativo de formación profesional de grado superior o de grado medio, y a las enseñanzas deportivas de grado superior o a las formaciones deportivas de nivel III, siempre que reúnan los requisitos indicados en el artículo 29.3 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
4. La parte específica tiene como objeto evaluar la competencia clave correspondiente a una materia de bachillerato relacionada con las familias profesionales del ciclo formativo de grado superior al que se quiere acceder. A estos efectos, las familias profesionales de los ciclos formativos se agrupan en tres opciones, y a cada una de ellas se asigna una competencia clave vinculada a determinadas materias de bachillerato, según se establece en el anexo III de esta orden.
La parte específica está organizada en tres opciones:
- 1.º Opción A: Competencia clave emprendedora.
- 2.º Opción B: Competencia clave en tecnología e ingeniería.
- 3.º Opción C: Competencia clave en ciencias.
Los contenidos y criterios de evaluación de estas materias se ajustarán a lo establecido en el Decreto 40/2022, de 29 de septiembre, por el que se estable la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, y se detallan en el anexo IV de la presente orden.
La inscripción en la parte específica de la prueba tendrá carácter opcional para la persona solicitante, quien deberá elegir una de las materias de bachillerato entre las dos propuestas para cada opción.
En el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, una vez superada la parte común, la calificación de la parte específica se realizará conforme a lo dispuesto en el apartado decimoquinto, punto 6, de esta orden.
EXENCIONES EN LA PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
- Quedarán exentas parcialmente de la prueba de acceso, las personas que hayan superado alguna de las competencias básicas del curso preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado superior.
- En lo referente al acceso a los grados superiores de las enseñanzas deportivas, no será de aplicación la exención parcial establecida en el punto 1.
- En el caso de que la persona aspirante tenga derecho a la exención prevista en el punto 1, deberá adjuntar el día de la realización de la prueba de acceso la copia del certificado de superación parcial del curso preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado superior, quedando exenta de la realización de la parte de la prueba de acceso correspondiente.
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Realización y desarrollo de las Pruebas
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Contenido:
Realización de las pruebas
- Las pruebas de acceso a ciclos formativos se realizarán simultáneamente en toda la Comunidad de Castilla y León, el día 16 de junio de 2026.
- Para quienes en el momento de matrícula hubieran justificado la necesidad de adaptaciones o condiciones especiales para la realización de la prueba, se adoptarán las medidas oportunas de adaptación de tiempo y medios.
- El calendario de las pruebas deberá ser expuesto en el tablón de anuncios y en la página web del centro educativo en el que se realicen, indicando expresamente el lugar donde hayan de efectuarse.
- Las personas aspirantes deberán acudir a la celebración de las pruebas provistos del documento acreditativo de su identidad alegado en su solicitud, así como útiles de escritura y calculadora (no se permiten utilizar equipos programables)..
Desarrollo de las pruebas
- El día fijado para la celebración de las pruebas se reunirán las comisiones de evaluación a las 8:30 horas. El presidente procederá a la apertura del sobre con los ejercicios de la prueba, que quedarán bajo su custodia. Se adoptarán las medidas oportunas que garanticen la organización y desarrollo de estos ejercicios, de acuerdo con las disponibilidades de recursos humanos y materiales del centro.
- Las pruebas seguirán el orden y el horario que a continuación se expresa:
a) Pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio:
1.º A las 9:30 horas: Competencia básica comunicativa en lengua castellana. Duración: 60 minutos.
2.º A las 10:45 horas: Competencia básica matemática. Duración: 60 minutos
3.º A las 12:00 horas: Competencia básica digital. Duración: 60 minutos
Cada una de estas partes podrá comprender la realización de uno o más ejercicios..
b) Parte común de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior:
1.º A las 9:30 horas: Competencia básica comunicativa en lengua castellana. Duración: 90 minutos.
2.º A las 11:15 horas: Competencia básica matemática. Duración: 90 minutos.
3.º A las 13:00 horas: Competencia básica digital. Duración: 60 minutos.
c) Parte específica de carácter voluntario de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior: A las 16:00: Realización del ejercicio correspondiente a la materia elegida entre las establecidas en el anexo III. La duración de este ejercicio será de 90 minutos
Cada una de estas partes podrá comprender la realización de uno o más ejercicios.
Plazo de resolución:
- Los centros receptores de las solicitudes de matrícula verificarán el cumplimiento de los requisitos, y comunicarán al área de inspección educativa de la correspondiente dirección provincial de educación el nº de solicitudes presentadas en cada prueba y el listado provisional de admitidos y excluidos, indicando el motivo de la exclusión, antes del 10 de abril de 2026.
- Los listados provisionales se publicarán el 21 de abril de 2026, en el tablón de anuncios y en la página web de cada uno de los centros receptores.
- El listado provisional de admitidos y excluidos podrá ser objeto de reclamación por los aspirantes en los diez días hábiles siguientes al de su publicación, mediante la presentación de un escrito con las alegaciones o la subsanación del defecto que motivó la exclusión, dirigido al director del centro examinador.
- En el plazo de los dos días hábiles siguientes, el director del centro resolverá las reclamaciones y publicará, en el tablón de anuncios y en la página web del centro, el listado definitivo de admitidos y excluidos.
Legislación aplicable:
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional (BOE 22-07-2023)
- ORDEN EDU/767/2020, de 6 de agosto, por la que se desarrollan aspectos relacionados con el acceso, la admisión y la matriculación de las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 23-10-2023)
- Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero, de evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizajes informales. (BOE 12-02-2025)
- Orden EDU/187/2026, de 25 de febrero, por la que se convocan las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional del sistema educativo, válidas para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León, en el año 2026. (BOCyL 03-03-2026)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección Provincial de Educación
Órgano que resuelve:
Dirección Provincial de Educación
Información adicional:
Más información sobre EXENCIONES Y ADAPTACIONES
La Consejería de Educación ha publicado una instrucción con información aclaratoria del procedimiento de exención y adaptaciones que pueden solicitar las personas que se presenten a las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional en el año 2026, en la que se explica quién puede solicitar exenciones o adaptaciones a las pruebas, esta información está disponible a través del siguiente documento, y enlace al Portal de Educación:
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (71 kbytes)
Última actualización:
26 de noviembre de 2025