Habilitación de veterinarios para toma de muestras y diagnostico dentro de los programas sanitarios de la especie bovina
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Establecer el procedimiento para que los veterinarios externos interesados puedan solicitar ser habilitados para realizar diagnósticos y tomas de muestras dentro de los Programas Sanitarios de la especie Bovina.
¿Quién lo puede solicitar?
Veterinarios externos interesados.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Deberán cumplir lo establecido en la normativa europea vigente en lo relativo al conflicto de intereses, las personas físicas que realicen las concretas actuaciones están sometidas al régimen de abstención y recusación previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y deberán presentar una declaración jurada de ausencia de conflicto de intereses por cada explotación en la que realicen tales actuaciones.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, según el modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
- Certificado actual de colegiación en Colegio Oficial de Veterinarios, salvo que la Consejería pueda obtenerlo directamente y la persona interesada no se oponga a ello.
- Certificado de haber superado los programas de formación que resulten exigibles para llevar a cabo la actividad correspondiente, en los supuestos en los que tal información no le conste a la Dirección General.
- Declaración de las actividades desempeñadas en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud, en especial respecto de los servicios prestados en explotaciones ganaderas u otros que puedan tener incidencia en la sanidad animal.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto y permanente
Plazo de resolución:
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Legislación aplicable:
- ORDEN AGR/36/2024, de 15 de enero, por la que se establecen las disposiciones aplicables a la ejecución, en el ámbito de Castilla y León, de los planes y programas relativos a la gestión de la sanidad animal (BOCyL 26-01-2024).
- LEY 6/2024, de 17 de junio, de modificación de la Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León (BOCyL 24-06-2024).
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Sanidad Animal
Órgano que resuelve:
Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.