Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Plan de Balsas para la mejora de las explotaciones de ganadería extensiva y su ámbito territorial –Horizonte 2026– dentro del Plan Estratégico de la PAC de España 2023-2027 (2023)

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3555
  • SIA: 3034056

Objeto:

Prestación de servicios básicos en zonas rurales mediante la creación de infraestructuras para el fomento de la economía local, de un uso eficiente del agua y de la protección y reducción de riesgos ambientales.

¿Quién lo puede solicitar?

Municipios que soliciten su participación en el mismo, que cumplan los criterios de selección para su admisibilidad y los requisitos previstos, así como que asuman los compromisos establecidos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Que soliciten la intervención de acuerdo con lo establecido en la Orden de aprobación del Plan y de convocatoria para la presentación de solicitudes en tiempo y forma.
  • Que pongan a disposición de la Consejería los terrenos necesarios para la realización de la actuación en su totalidad a título gratuito.

El Plan está dirigido a los municipios que carezcan de instalaciones naturales o artificiales para el fin dispuesto, y que estén interesados en contar con infraestructuras de carácter público, con la doble finalidad de abastecer de agua a la ganadería extensiva y preservar los entornos físicos en los que se sustenta esta actividad. Estas actuaciones, contribuirán a mejorar la competitividad y la generación de empleo y renta en las áreas rurales, además de favorecer la permanencia en el medio rural.

Descarga del documento tipo PDF Anexo I: Criterios de selección del Plan. Abre una nueva ventana Anexo I: Criterios de selección del Plan (174 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, a través de la aplicación electrónica «Programa informático para la gestión de solicitudes de ayuda y otros procedimientos no específicos (SCAG) del PLAN DE BALSAS» dentro del trámite denominado «SELECCIÓN de actuaciones para la realización de inversiones en PLAN DE BALSAS» (localizable dentro de la opción solicitudes y Procedimientos AyG), acompañada de la certificación del acuerdo de la corporación municipal para acogerse al Plan de Balsas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para la mejora de las explotaciones de ganadería extensiva y su ámbito territorial -Horizonte 2026-.

Fecha de publicación:

28 de noviembre de 2023

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 29 de noviembre de 2023 hasta el 29 de febrero de 2024

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Plazo de resolución:

  • El plazo máximo para valorar las solicitudes y hacer público un documento con los resultados de la admisibilidad será de 2 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Legislación aplicable:

  • ORDEN AGR/1358/2023, de 23 de noviembre, por la que se acuerda la aprobación del Plan de Balsas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para la mejora de las explotaciones de ganadería extensiva y su ámbito territorial –Horizonte 2026– dentro del Plan Estratégico de la PAC de España 2023-2027 y se abre el plazo para la presentación de solicitudes a los municipios interesados. (BOCyL 28-11-2023)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Desarrollo Rural

Órgano que resuelve:

Dirección General de Desarrollo Rural

Información adicional:

Las inversiones se realizarán en zonas rurales, en suelo de naturaleza rústica que ponga a disposición la entidad local solicitante.

Los municipios solicitantes, para beneficiarse del Plan, deben comprometerse a:

  • Destinar el agua almacenada a los fines para los que se construye la infraestructura, que son el suministro de agua al ganado y la toma de agua para apoyo a la extinción de incendios, no siendo posible destinar el agua a otros usos diferentes a los previstos en el plan.
  • Aceptar la entrega de las obras, una vez estén finalizadas, y conservarlas durante su vida útil, así como a consignar con cargo a sus presupuestos el coste de mantenimiento y conservación de éstas durante su vida útil.
  • Colaborar con la Consejería en la tramitación de la concesión de aguas necesaria, de la que serán titulares, y hacerse cargo de las cargas que dicha concesión pudiera acarrear a la corporación.
  • Colaborar en el cumplimiento de las medidas de información y publicidad establecidas para las actuaciones específicas de la Intervención del PEPAC.