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Comunicación previa de actividad de Empresas y Actividades Alimentarias

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2315
  • SIA: 1253397

Objeto:

Los responsable de todas las empresas y establecimientos alimentarios, no sometidos al requisito añadido de obtener previamente la Autorización Sanitaria de Funcionamiento, deberán presentar una comunicación previa de inicio de actividad, a los efectos de su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Alimentarias de Castilla y León y, además, en el caso de empresas de ámbito nacional, su inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (artículo 4.2 del Decreto 18/2016, de 7 de julio, por el que se crea el Registro de Empresas y Actividades alimentarias de Castilla y León y se regulan los procedimientos de autorización sanitaria de funcionamiento y comunicación previa de actividad de los establecimientos y empresas alimentarias.

¿Quién debe comunicar?:

Personas físicas o jurídicas que pretendan realizar esta actividad y/o prestar este servicio

¿Qué plazo tengo para presentar la comunicación?:

Abierto de forma permanente.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • La presentación de la comunicación previa será condición única y suficiente para que se tramite la inscripción de las empresas y establecimientos en el registro que corresponda y, simultáneamente, se pueda iniciar la actividad, sin perjuicio de los controles que posteriormente puedan llevarse a cabo.
  • El ámbito territorial del registro no marca diferencias en cuanto a las garantías de control oficial sobre los mismos ejercidos por los Servicios Oficiales, ni en cuanto a la plena responsabilidad del operador económico respecto del cumplimiento de la legislación alimentaria. →Los operadores de las empresas y establecimientos alimentarios estarán obligados a comunicar cualquier modificación de los datos de información obligatoria necesarios para la inscripción de los mismos así como el cese definitivo de la actividad económica (artículo 4.3 del Decreto 18/2016, de 7 de julio)
  • Los Servicios Oficiales de Salud Pública podrán realizar las visitas y controles oficiales necesarios para la comprobación de las actividades realizadas por el establecimiento y su correspondencia o no con las que aparecen en la Comunicación, así como verificar el cumplimiento de la normativa sanitaria que le sea de aplicación.

¿Qué documentos necesito?

La COMUNICACIÓN PREVIA de actividad se presentará según modelo normalizado, deberán acceder a la aplicación/formulario online de « Comunicación previa actividad» cumplimentando los campos obligatorios y opcionales. Una vez cumplimentado el formulario pulsar sobre el botón PDF para generar un documento en este formato. Una vez generado el documento PDF se puede imprimir o guardar una copia del formulario.

La solicitud se acompañará de la siguiente documentación:

  • Documento acreditativo del NIF del operador, salvo, en el caso del DNI o NIE, autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para obtener directamente o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal.
  • Documento acreditativo de quien ejerza la representación legal de la persona solicitante, en su caso.
  • Documento justificativo del cambio de titularidad, en el caso de modificaciones por cambio de titular.
  • Acreditación del pago de la tasa correspondiente a la Tasa por servicios sanitarios   (Código 306.1)

Asimismo cualquier modificación de los datos aportados inicialmente en la Comunicación Previa o el cese definitivo de la actividad se comunicarán según dicho modelo normalizado. 

TASAS: Estarán sujetos a la liquidación de la Tasa por servicios sanitarios (Código 306.1 Protección de la salud - Empresas, establecimientos y/o actividades alimentarias), recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes ,  la tramitación de las inscripciones iniciales en los registros oficiales correspondientes o la modificación de datos registrales que comporten un estudio administrativo de carácter técnico. La tasa variará según el establecimiento sea de ámbito nacional y deba inscribirse en el RGSEAA o sea de ámbito local.

Los órganos gestores de la tramitación y recaudación de la tasa se corresponden con los Servicios Territoriales de Sanidad y Bienestar Social de la provincia a la que se dirigen las Comunicaciones Previas y se deberá utilizar el modelo de autoliquidación 046. (En el espacio destinado a autoliquidación se consignará la denominación de la actividad para la que se realiza la autoliquidación y el importe de la misma). 

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

  • La presentación de la Comunicación Previa será la condición única y suficiente para la tramitación de la inscripción de las empresas y establecimientos en el Registro de Empresas y Actividades Alimentarias de Castilla y León (REAAL) y, en el caso de establecimientos de ámbito nacional, en el Registro General Sanitario de Empresas y Actividades Alimentarias (RGSEAA), para que simultáneamente se pueda iniciar su actividad, sin perjuicio de los controles que posteriormente puedan llevarse a cabo. 

Organismo que RESUELVE:

  • Director General de Salud Pública: en el caso de las inscripciones de empresas, establecimientos y actividades alimentarias con número de identificación de carácter nacional (Sección A del REAAL).
  • Jefe del Servicio Territorial de Sanidad de la provincia correspondiente: en las inscripciones de empresas, establecimientos y actividades alimentarias con número de identificación de carácter autonómico (Sección B del REAAL).  

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud.

  • Por Correo Postal en el domicilio del establecimiento o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Sanidad

Información adicional:

LEGISLACIÓN APLICABLE

Protección de los datos de carácter personal:

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Última actualización: 26 de mayo de 2024