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Reconocimiento como entidad de formación para el uso profesional de productos fitosanitarios

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1411
  • SIA: 1813442

Objeto:

Reconocimiento como entidad de formación para el uso profesional de los productos fitosanitarios e inscripción en el Registro de Entidades de Formación para el uso profesional de productos fitosanitarios, así como el seguimiento de las ediciones de los cursos.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o entidades con o sin personalidad jurídica, que incluyan entre sus actividades profesionales si son personas físicas y entre sus fines si son entidades, la formación en el sector agrario o agroalimentario

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para ser reconocida como entidad de formación, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Disponer de un plan de formación detallado y actualizado, con contenidos, distribución de horas teóricas y prácticas, equipamiento y titulación del profesorado, así como material didáctico adecuado.
  • Contar con personal docente cualificado para cada nivel de capacitación.
  • Disponer de equipos de aplicación de productos fitosanitarios suficientes para la formación práctica, y en su caso, medios aéreos para cursos de piloto aplicador.
  • Disponer en Castilla y León de instalaciones, locales o parcelas adecuadas para la impartición de los cursos y que cumplan la normativa vigente.
  • Contar con un seguro de accidentes y responsabilidad civil que cubra la actividad formativa.
  • Para impartir formación complementaria, estar previamente reconocida para la formación inicial del mismo nivel o solicitar dicho reconocimiento.

En caso de impartir la formación mediante modalidades online:

  • Disponer de una plataforma de teleformación que permita la interacción entre profesorado y alumnado.
  • Garantizar medios técnicos adecuados, incluyendo servidor, mantenimiento y sistemas de seguridad y seguimiento.
  • Permitir la comunicación síncrona (aula virtual) y/o asíncrona (formación online), asegurando el acceso a contenidos y la participación del alumnado.

¿Qué documentos necesito?

MODELOS NORMALIZADOS (al final de la página)

  • MODELO 01:  Solicitud de reconocimiento e inscripción de entidad de formación (Art.16 de la Orden AGR/375/2026).
  • MODELO 02:  Comunicación de actualización de datos entidad de formación (Arts. 20.2.a) y 22.f) de la Orden AGR/375/2026).
  • MODELO 03:  Comunicación de cese voluntario de la entidad de formación (Arts. 21.3 y 22.f de la Orden AGR/375/2026).
  • MODELO 04:  Comunicación de inicio de curso (Art. 22.a de la Orden AGR/375/2026).
  • MODELO 05:  Comunicación de modificación-anulación de curso (Art. 22.b de la Orden AGR/375/2026).
  • MODELO 06:  Encuesta de evaluación de curso (Art.22.i de la Orden AGR/375/2026).
  • MODELO 07:  Comunicación finalización de curso (Art. 22.j de la Orden AGR/375/2026).
    • Hoja 01. Resultados de la autoevaluación del curso.
    • Hoja 02. Datos estadísticos del curso.
    • Hoja 03. Hoja de control de asistencia diaria.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver sobre la solicitud y notificar la resolución será de tres meses, a contar desde el día siguiente a la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico del órgano competente para su tramitación. 

Notificaciones:

  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Recurso de ALZADA.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • REAL DECRETO 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (BOE 15-09-2012)
  • ORDEN AGR/375/2026, de 20 de abril, por la que se regulan las actividades de formación para el uso profesional de los productos fitosanitarios en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 29-04-2026)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Sanidad y Certificación Vegetal

Órgano que resuelve:

Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera

Información adicional:

  • El reconocimiento como entidad de formación lleva aparejada la inscripción de oficio en el Registro de Entidades de Formación para el uso profesional de productos fitosanitarios de Castilla y León.
  • El reconocimiento como entidad de formación tiene validez en todo el territorio nacional, conforme a la normativa vigente.
  • El reconocimiento tiene carácter indefinido, siempre que se mantengan los requisitos exigidos.
  • Las entidades reconocidas deberán cumplir determinadas obligaciones, como la comunicación electrónica del inicio de cada curso con una antelación mínima de 15 días naturales, aportando la información exigida, así como la comunicación de su finalización y cualquier modificación que pueda afectar a su desarrollo, el mantenimiento actualizado de sus datos en el Registro y la colaboración en las actuaciones de control e inspección.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Última actualización: 26 de mayo de 2026