Registro de Servicios de Información Juvenil
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Procedimiento por el que la Administración de la Comunidad de Castilla y León reconoce los Centros de Información Juvenil y los inscribe de oficio en el Registro de Servicios de Información Juvenil, y anota las inscripciones y cancelaciones de los Puntos y Antenas de Información Juvenil –cuyo reconocimiento y solicitud de cancelación corresponden a las diputaciones provinciales y ayuntamientos de más de 20.000 habitantes- en el citado registro.
¿Quién lo puede solicitar?
- El reconocimiento, cancelación y registro de los centros de información juvenil: el representante del centro de información juvenil.
- La inscripción y cancelación de puntos y antenas de información juvenil: el Ayuntamiento o Diputación que ha reconocido el punto o antena de información juvenil.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los centros, puntos y antenas de información juvenil deberán cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos (87 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo oficial, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Documentación a presentar (83 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución:
- Reconocimiento de los centros de información juvenil/inscripción en el registro: 3 MESES desde que se presenta la solicitud.
- Inscripción en el registro de servicios de información juvenil de los puntos y antenas de información juvenil: no requiere resolución expresa.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- LEY 11/2002, de 10 de julio de Juventud de Castilla y León (BOCyL 19-07-2002 y corrección errores en BOCyL 11-11-2002)
- DECRETO 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil de Castilla y León (BOCyL 15-10-2003, Corrección de errores en BOCyL 2-12-2003) [Modificado por DECRETO 82/2015, de 23 de diciembre - BOCyL 28-12-2015]
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
Órgano gestor:
Órgano que resuelve:
Instituto de la Juventud de Castilla y León
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (20 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.