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Concesión de explotación minera de recursos de las Secciones C) y D)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 21
  • SIA: 1812973

Objeto:

Obtención de una Concesión de explotación de recursos mineros de las Secciones C) y D).

SECCIÓN C: Pertenecen a la sección C cuantos yacimientos minerales y demás recursos ecológicos no estén clasificados en las secciones A y B y sean objeto de explotación o aprovechamiento conforme a la Ley de Minas. Son recursos geotérmicos, incluidos en esta sección, aquellos entre los geológicos que por su temperatura puedan permitir, entre otras aplicaciones, la obtención de energía, en especial térmica, por intermedio de fluídos. Las aguas termales quedan excluídas.

SECCIÓN D: Los carbones, minerales radiactivos, los recursos geotérmicos, las rocas bituminosas y cualesquiera otros yacimientos minerales o recursos geológicos de interés energético que el gobierno acuerde incluir.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier personal física o jurídica que cumpla los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Solvencia económica y financiera, y técnica y profesional suficiente.
  • En concesiones de explotación derivadas ser titular del Permiso de Investigación.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

  • Acreditación de la representación del interesado.
  • En caso de Sociedades: Escritura de constitución, estatutos y acreditación de la representación.
  • Justificante de pago de la tasa.

EN EL CASO DE CONCESIÓN DIRECTA:

  1. Situación, límites y extensión del terreno que se solicita
  2. Nombre de la concesión y determinación del recurso o recursos minerales objeto de la petición
  3. Informe técnico que justifique la procedencia de la solicitud como concesión directa

Documentación adicional (Plazo 60 días a contar desde la fecha de la notificación de la Resolución de admisión a trámite)

  1. Designación definitiva del terreno solicitado
  2. Estudio de factibilidad y proyecto de aprovechamiento del recurso o recursos de que se trate, suscrito por técnico titulado competente.
  3. Estudio económico de financiación y garantías que se ofrecen sobre su viabilidad.
  4. Documento sobre seguridad y salud.
  5. Plan de Autoprotección
  6. Plan de restauración del espacio natural afectado por las labores mineras.
  7. Estudio de impacto ambiental, en el caso que proceda.
  8. Informe de Evaluación de las Repercusiones sobre la Red Natura 2000, si no requiere evaluación de impacto ambiental.

EN EL CASO DE CONCESIÓN DERIVADA DE PERMISO DE INVESTIGACIÓN:

  1. Designación del terreno solicitado que en todo caso deberá estar comprendido dentro del otorgado para el Permiso de Investigación.

Documentación adicional (Plazo máximo 3 meses)

  1. Informe detallado de naturaleza geológica del yacimiento, investigaciones realizadas, resultados obtenidos, recursos y reservas, firmado por el titulado competente.
  2. Estudio de factibilidad y proyecto de aprovechamiento del recurso o recursos de que se trate, suscrito por técnico titulado competente.
  3. Documento sobre seguridad y salud.
  4. Plan de Autoprotección
  5. Plan de restauración del espacio natural afectado por las labores mineras.
  6. Estudio de impacto ambiental, en el caso que proceda
  7. Informe de Evaluación de las Repercusiones sobre la Red Natura 2000, si no requiere evaluación de impacto ambiental.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

  • 6 meses.

Notificaciones:

  • En el Boletin Oficial de Castilla y León.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE 24-07-1973)
  • Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE 11-12-1978)
  • Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas. (BOE 21-11-1980)
  • Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera. (BOE 12-06-1985)
  • Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras. (BOE 07-10-1997)
  • Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva. (BOE 30-01-2006)
  • Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. (BOE 24-03-2007)
  • Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras. (BOE 13-06-2009)
  • Decreto 6/2011, de 10 de febrero, por el que se establece el procedimiento de evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000 de aquellos planes, programas o proyectos desarrollados en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. (BOE 16-02-2011)
  • Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. (BOE 11-12-2013)
  • Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León. (BOCyL 13-11-2015)
  • Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León. (BOE 30-03-2015).
  • Real Decreto 294/2016, de 15 de julio, por el que se establece el procedimiento para la gestión de los derechos mineros y de los derechos del dominio público de hidrocarburos afectados por el cambio del sistema geodésico de referencia. (BOE 25-07-2016)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía

Órgano que resuelve:

Dirección General de Energía y Minas

Información adicional:

  • Hay que liquidar tasas de tramitación y tasa  de anuncios en boletines.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.