Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Regular las comunicaciones para tramitar solicitudes de autorización de excepciones o exenciones previstas en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre Producción Ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo, cuya resolución es atribuida a las autoridades competentes.
¿Quién lo puede solicitar?
Todos los operadores incluidos en el Registro General de Agricultura Ecológica de Castilla y León (REGGAE).
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Haber notificado su actividad a la autoridad competente y sometido su empresa al régimen de control conforme a la normativa de producción ecológica y cumplir con las condiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre Producción Ecológica y etiquetado de los productos ecológicos, relativas a la excepción o exención solicitada.
¿Qué documentos necesito?
La solicitud de autorización de excepciones o exenciones se presentará mediante instancia dirigida al Director General del Instituto, según modelos normalizados que aparecen en el apartado de "Descarga de Formularios” para cada una de ellas:
1. Exención de la obligación de certificarse a comercializadores minoristas con venta de productos ecológicos no envasados.
2. Excepción para el amarrado y/o realización de operaciones de mutilación en el ganado ecológico.
3. Excepción para la utilización de animales no ecológicos en unidades de producción ecológica
4.Excepciones por circunstancias catastróficas:
- a. utilización de materiales vegetales de reproducción no ecológica,
- b. renovación o reconstitución del rebaño o la manada o animales de la acuicultura con animales no ecológicos,
- c. alimentación con piensos no ecológicos,
- d. reducción del porcentaje de la materia seca que componga los forrajes bastos, los forrajes comunes frescos o desecados o los forrajes ensilados de las raciones diarias,
- e. alimentación a las colonias de abejas con miel ecológica, polen ecológico, jarabe de azúcar ecológico o azúcar ecológico,
- f. traslado de colonias de abejas a zonas que no respeten las disposiciones relativas a la ubicación de los colmenares y
- g. uso en la elaboración de productos del sector vitivinícola de más anhídrido sulfuroso que en años anteriores.
5. Excepciones para la modificación del periodo de conversión:
- a. Reconocimiento retroactivo del periodo de conversión (RRPC).
- b. Reducción del periodo de conversión (RPC)
6. Excepciones para el uso de ingredientes agrarios no ecológicos y/o aditivos restringidos para la transformación de alimentos ecológicos.
7. Excepciones para la producción paralela en cultivos perennes.
8. Excepciones para el uso de Material de Reproducción Vegetal (MRV) de origen no ecológico en Producción Ecológica por motivos de investigación o pruebas de campo.
El procedimiento y la documentación que es necesaria aportar con la solicitud se puede consultar en el apartado de «Descargas».
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto y permanente.
Plazo de resolución:
3 meses.
Notificaciones:
Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre Producción Ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo y los actos delegados o de ejecución adoptados de conformidad con el mismo (DOUE núm. 150, de 14 de junio de 2018)
- Reglamento Delegado (UE) 2020/2146 de la Comisión de 24 de septiembre de 2020 que completa el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas excepcionales de producción aplicables a la producción ecológica (DOUE núm. 428, de 18 de diciembre de 2020)
- ORDEN AYG/452/2013, de 29 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento Regulador de la Producción Agraria Ecológica y su indicación sobre los productos agrarios y alimenticios y del Consejo de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 28-06-2013)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria
Órgano que resuelve:
Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (276 kbytes)