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Sede Electrónica de Castilla y León
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Obtención de una licencia de caza o de pesca que permitirá a los cazadores y pescadores practicar la caza o la pesca en terrenos cinegéticos o en ríos de las comunidades autonómas que han suscrito, o se han adherido con posterioridad, al Convenio con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y varias Comunidades Autónomas para el establecimiento de las Licencias Interautonómicas de Caza y Pesca en aguas continentales, y que ha entrado en vigor el 14 de noviembre de 2015.
De momento, hay 8 Comunidades suscritas/adheridas:
Con esta licencia interautonómica se podrá cazar o pescar en todas estas Comunidades Autonómas, sin más trámites administrativos. Tendrá una validez de 1 año.
Todos aquellos cazadores y/o pescadores, nacionales y extranjeros, residentes o no, que pretendan realizan la actividad de caza y/o pesca en el territorio de las Comunidades Autonómas que han suscrito o se han adherido al Convenio.
NOVEDAD: Está disponible el PAGO CON TARJETA de las licencias en las propias ventanillas de expedición.
NOVEDAD: Está disponible el PAGO CON TARJETA de las licencias en las propias ventanillas de expedición.
Cualquier ciudadano que lo solicite y pague las tasas correspondientes podrá obtener su licencia.
Para la obtención de la licencia de caza por primera vez, además será preceptivo superar el examen del cazador (en caso de no estar exento). No tendrán que examinarse:
El titular no podrá estar inhabilitado (para el ejercicio de la caza o la pesca según corresponda) en ninguna de las CCAA a las que se extiende el convenio.
Además, deberán cumplir cuantas obligaciones legales impongan la normativa sectorial vigente: la relativa a armas de fuego, seguro obligatorio en su caso, períodos de veda, capturas, etc.
Servicios Territoriales de Medio Ambiente
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TASAS:
LICENCIAS EXENTAS / REDUCCIONES: