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Licencias de CAZA y PESCA

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1895
  • SIA: 1253276

Objeto:

Obtención de las licencias de caza o de pesca, necesarias para realizar estas actividades. La validez de las licencias será de CINCO AÑOS, salvo las INTERAUTONÓMICAS Y REHALA, que será de UN AÑO. Los distintos tipos de licencia que se puede obtener en Castilla y León son los siguientes:

Tipos de Licencias
PRECIO DE LAS LICENCIAS TIPO PRECIO (Euros)
ARMAS DE FUEGO o procedimiento que requiera autorización específica A 42,65 Euros
CAZA CON GALGO B 13,70 Euros
REHALA CON FINES DE CAZA C 270,00 Euros
INTERAUTONÓMICA DE CAZA IC 70,00 Euros
INTERAUTONÓMICA DE PESCA IP 25,00 Euros
PESCADORES P1 15,20 Euros

¿Quién lo puede solicitar?

Todos aquellos cazadores y/o pescadores, nacionales y extranjeros, residentes o no, que pretendan realizan la actividad de caza y/o pesca en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Lugar y Forma de presentación:


Primera Licencia

  • Telemáticamente.En el caso de LICENCIAS INTERAUTONÓMICAS O REHALA el abono se podrá realizar mediante tarjeta bancaria. Una vez abonada la tasa, la aplicación le permitirá imprimir su licencia o enviarla a su correo electrónico, evitándole cualquier desplazamiento o gestión adicional. En el resto de licencias bonificadas, podrá obtener la misma sin formalizar ningún tipo de pago.
    NOVEDAD: Con la entrada en vigor de la Ley 2/2022, de 1 de diciembre, se suspende la emisión de licencias “exentas de pago” definidas en los artículos 93 y 97 de la ley 12/2001 de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León al poder obtenerse de oficio una licencia gratuita del tipo BC- BONIFICADA ARMA DE FUEGO (TIPO A), BG -BONIFICADA CAZA CON GALGO (TIPO B) o BP- BONIFICADA PESCA.
  • Acceso con número de licencia en vigor o caducada: Acceso con los datos de su DNI/NIE/PASAPORTE y el número de una licencia de la que haya sido titular en los últimos 5 años.
  • Acceso con datos del D.N.I. con certificado digital o sin certificado digital (requiere completar datos de IDESP disponibles en la tarjeta física del DNI): Acceso con certificado digital (FNMT o DNI-e)  o bien con nombre, apellidos, fecha de nacimiento e IDESP de su Documento Nacional de Identidad.

    En el caso de licencias “Bonificadas”, el documento obtenido por cualquiera de los medios descritos anteriormente será la licencia de caza/pesca válida (sin necesidad de realizar ningún pago).


Renovación de Licencia

  • TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE POSEAN UNA LICENCIA DE CAZA EN VIGOR DEL TIPO A, B o LICENCIA DE PESCA AUTONÓMICA, RECIBIRÁN DE OFICIO EN SU CORREO ELECTRÓNICO  (CON ANTELACIÓN A LA FECHA DE FIN DE LA ACTUAL) LA LICENCIA RENOVADA DEL TIPO BC- BONIFICADA ARMA DE FUEGO (TIPO A), BG -BONIFICADA CAZA CON GALGO (TIPO B) o BP- BONIFICADA PESCA.

    En el caso de expedición de NUEVAS LICENCIAS vía ONLINE del tipo BC- BONIFICADA ARMA DE FUEGO (TIPO A), BG -BONIFICADA CAZA CON GALGO (TIPO B) o BP- BONIFICADA PESCA, el documento obtenido al picar “GENERAR LICENCIA” es el documento válido como licencia de caza o pesca válida para Castilla y León, especificando FECHA DE INICIO y FECHA DE FIN DE VALIDEZ de la misma.
    En caso de no poseer dirección de correo electrónico podrá acceder por cualquiera de las vías siguientes para generarse el documento con la renovación efectuada.
  • Telemáticamente. Utilizando cualquiera de las dos opciones siguientes: .
    • Acceso con datos del D.N.I.  Acceso sólo con los datos de su Documento Nacional de Identidad o bien con certificado digital personal.
    • Acceso con número de licencia . Acceso con los datos de su DNI/NIE/PASAPORTE y el número de una licencia de la que haya sido titular en los últimos 5 años.Debe renovarse antes de que caduque la licencia anterior.or.


Domiciliación de Licencias

  • Con la entrada en vigor la Ley 2/2022, de 1 de diciembre de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León en base a la cual se suspendió el sistema de domiciliación para la obtención de las licencias de caza del tipo A y B y la licencia de pesca, junto a la publicación de la Ley 1/2023, de 24 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas que cambia el carácter temporal de las licencias A, B y pesca a “quinquenales”, se suspende toda domiciliación bancaria para la obtención de la licencia de caza o pesca, estableciéndose como único sistema de pago en el caso de Interautonómicas el pago con tarjeta bancaria.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Cualquier ciudadano que lo solicite, cumpla los requisitos, pague las tasas correspondientes (en su caso) podrá obtener su licencia. Únicamente, si está inhabilitado, no se le expedirá la licencia correspondiente.

Para la obtención de la licencia de caza además será preceptivo superar el examen del cazador. Están exentos de examinarse de las pruebas de aptitud:

  • Quienes hayan poseído licencia de caza en los cinco años anteriores al 15 de marzo de 2015.
     
  • Quienes acrediten haber superado el examen del cazador o requisito equivalente en otra comunidad autónoma, bajo el principio de reciprocidad, o en otro Estado.
     
  • Las personas extranjeras en cuyo Estado no se exija un requisito equivalente; estas personas solo podrán practicar la caza en Castilla y León acompañadas por un cazador que haya superado el examen del cazador o estuviera en alguno de los supuestos de exención citados en este apartado

En el caso de las licencias interautonómicas (tanto IC como IP), el titular no podrá estar inhabilitado (para el ejercicio de la caza o la pesca según corresponda) en ninguna de las CCAA a las que se extiende el convenio.

Además, deberán cumplir cuantas obligaciones legales impongan la normativa sectorial vigente: la relativa a armas de fuego, seguro obligatorio en su caso, períodos de veda, capturas, etc.

Legislación aplicable:

CAZA:

  • LEY 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León (BOCyL 08-07-2021)

PESCA:

  • LEY 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León (BOCyL 13-12-2013)
  • DECRETO 33/2017, de 9 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Pesca de Castilla y León (BOCyL 13-11-2017)
  • ORDEN MAV/1481/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueba la Orden de Pesca para el año 2024 (BOCyL 29-12-2023)
 

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Medio Ambiente

Órgano que resuelve:

Servicios Territoriales de Medio Ambiente

Información adicional:

LICENCIAS EXENTAS

  • Con la entrada en vigor de la Ley 2/2022, de 1 de diciembre, se suspende la emisión de licencias “exentas de pago para jubilados y menores en pesca” al poder obtenerse de oficio una licencia gratuita del tipo BC- BONIFICADA ARMA DE FUEGO (TIPO A), BG -BONIFICADA CAZA CON GALGO (TIPO B) o BP- BONIFICADA PESCA.


REDUCCIÓN CUOTA:

  • En ausencia de licencias bonificadas al 100%, se aplicará una reducción del 25% de la cuota correspondiente a las licencias anuales de caza de Clase A para aquellos cazadores que se encuentren federados en la Federación de Caza de Castilla y León.


LICENCIAS BONIFICADAS (BC – BG - BP)