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Creación, modificación y extinción de escuelas infantiles de titularidad de las corporaciones locales de la Comunidad de Castilla y León

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3405
  • SIA: 2963099

Objeto:

Promover la creación, modificación y/o extinción de las escuelas infantiles de titularidad de las corporaciones locales que impartan primer ciclo de educación infantil.

¿Quién lo puede solicitar?

Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

El centro debe reunir los requisitos mínimos de instalaciones establecidos en la normativa aplicable.

¿Qué documentos necesito?

  • Solicitud de creación de Escuela infantil municipal aprobada por Resolución de Alcaldía, Acuerdo de Pleno o de la Junta de Gobierno Local en la que se concrete el número de unidades del centro, edades de los niños y número de puestos escolares de conformidad con el artículo 9 del Decreto 12/2008, de 14 de febrero.
  • Certificado del cargo de alcalde del Ayuntamiento.
  • Título jurídico que justifique la posibilidad de utilización de los inmuebles afectados, o en su caso, de la parcela donde vaya a construirse el centro.
  • Autorización para el uso del espacio exterior de juegos en el caso de que se encuentre fuera del recinto escolar.
  • Los siguientes planos a escala y acotados en formato digital, firmados por técnico competente y supervisados por el Ayuntamiento, debiendo hacerse referencia con carácter general en la carátula de los planos a la “Escuela Infantil …”:
    • Planos de situación del centro, cuya autorización se solicita, en la localidad correspondiente.
    • Plano de conjunto de los edificios y patios que conforman el centro.
    • Plano de alzados y secciones, indicando las alturas libres de los distintos niveles y cotas de rasante.
    • Plano de planta o plantas de distribución del edificio docente, indicando lo siguiente:
      • Superficies útiles.
      • Uso y nivel educativo de cada espacio.
      • Uso del resto de espacios no educativos.
      • En los aseos se reflejará la situación de los aparatos sanitarios.
      • Nº de puestos escolares asociados a cada aula.
    • Memoria de carpintería exterior de salas de uso educativo, indicando zonas fijas y practicables, con justificación del cumplimiento de las superficies mínimas de iluminación y ventilación natural (1/10 y 1/20 de la superficie de la sala respectivamente).
o    Plano justificativo de cumplimiento de las condiciones de accesibilidad del centro docente.
o    Plano justificativo de cumplimiento de las condiciones de seguridad en caso de incendio del centro docente.
 

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 MESES desde la presentación de la solicitud.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Recurso de ALZADA.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Decreto 12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y León y se establecen los requisitos que deben reunir los centros que impartan dicho ciclo (BOCyL 20-02-2008)
  • DECRETO 280/2000, de 28 de diciembre, por el que se crea el Registro de Centros Docentes de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 02-01-2001)
  • ORDEN EDU/904/2011, de 13 de julio, por la que se desarrolla el Decreto 12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y León y se establecen los requisitos que deben reunir los centros que impartan dicho ciclo (BOCyL 22-07-2011).
  • Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.
  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación
  • Decreto 217/2001, de 30 de agosto, que regula la accesibilidad y la supresión de barreras

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Dirección General de Centros e Infraestructuras

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (107 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.