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Recursos administrativos en materia de calidad y sostenibilidad ambiental

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3093
  • SIA: 2407820

Objeto:

Recurrir los actos administrativos en materias de la Dirección General de Infraestructuras  y Sostenibilidad Ambiental a través del recurso de alzada, reposición o extraordinario de revisión, según corresponda.

¿Quién lo puede solicitar?

Los interesados en un procedimiento administrativo dictado por cualquier órgano dependiente de la Dirección General.

¿Qué requisitos debo cumplir?

El recurso debe expresar los elementos determinados en el artículo 115.1 de la Ley 39/2015 y se interpondrá en los siguientes casos:

Descarga del documento tipo PDF REQUISITOS. Abre una nueva ventana REQUISITOS (109 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Cumplimentar la solicitud en modelo normalizado y opcionalmente acompañar la documentación que se crea necesaria.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

ALZADA Y REPOSICIÓN: un mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en el que se produzcan los efectos del silencio administrativo.

EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN: Cuando se trate de la causa a) del artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuatro años siguientes a la fecha de notificación de la resolución impugnada. En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.

Plazo de resolución:

  • Alzada: El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses. Será resuelto por el superior jerárquico del órgano que dicto el  acto.
  • Reposicion: El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de un mes. Será resuelto por el mismo órgano que dicto el acto que se impugna. .
  • Extraordinario de Revision: El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses. Será resuelto por el mismo órgano que dicto el acto que se impugna.  

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • ALZADA (artículos 112, 121 y 122 Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 60 Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León).
  • POTESTATIVO DE REPOSICIÓN (artículos 112, 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, y artículo 61 Ley 3/2001, de 3 de julio).
  • EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN (artículos 113, 125 y 126 Ley 39/2015, de 1 de octubre, y artículo 61 Ley 3/2001, de 3 de julio).

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Régimen Jurídico y Gestión Económico-administrativa

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (486 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos