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Subvenciones para la adquisición de sistemas de protección colectiva y de señalización, de los productos químicos de limpieza y desinfección, y para el mantenimiento y mejora del sistema de climatización, frente a la COVID-19

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3060
  • SIA: 2405027
  • BDNS (Identificador): 541008

Fecha de publicación:

29 de diciembre de 2020

Objeto:

Convocar para el año 2021, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas dirigidas a contribuir a los gastos derivados de las actividades de adquisición de sistemas de protección colectiva y de señalización, de los productos químicos de limpieza y desinfección, y para el mantenimiento y mejora del sistema de climatización, frente a la COVID-19.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 30 de diciembre de 2020 hasta el 26 de enero de 2021

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas, privadas, con ánimo de lucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aún careciendo de personalidad jurídica lleven a cabo las acciones subvencionables

¿Qué requisitos debo cumplir?

  1. Deberán contar con centro de trabajo en Castilla y León y realizar la actividad subvencionada en Castilla y León.
  2. No deberán haber sido sancionados con carácter firme por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos de la orden de convocatoria.
  3. No deberán estar incursos en las prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  4. Cumplir la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, conforme el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
  5. Cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
  6. Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  7. Que tengan trabajadores por cuenta ajena (se tomará como referencia el mes natural inmediatamente anterior a la fecha publicación de la convocatoria).
  8. Que el número de trabajadores en todo el territorio nacional sea inferior a 250. Se tomará como referencia, a estos efectos, el mes natural inmediatamente anterior a la fecha publicación de la convocatoria. Si cuentan con más de un centro de trabajo, esta cifra habrá de entenderse referida a la suma de trabajadores existentes en todos los centros de trabajo.
  9. Que su volumen de negocios anual o su balance general anual no supere los 50 millones de euros de volumen de negocios y 43 millones de balance general anual.
  10. Que cumplan las normas sobre prevención de riesgos laborales.

¿Para qué es la ayuda?:

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones subvencionables (118 kbytes)

Cuantía:

La cuantía de la subvención será del 80 % respecto del gasto subvencionable, no pudiendo en ningún caso superar los 2.000 euros por beneficiario.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida dirigida a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales. Solo se podrá presentar una única solicitud por beneficiario.

Los interesados deberán cursar sus solicitudes, junto con la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos:

a) Documento acreditativo de la representación del que actúe en nombre del solicitante, salvo que cuente con certificado de representante de persona jurídica de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si el representante lo es por cuenta de una entidad regida por un órgano de gobierno, este órgano deberá ratificar el contenido de la solicitud.

b) Al objeto de valorar la adopción de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, se aportará tomando como referencia el mes natural inmediatamente anterior a la fecha publicación de la convocatoria uno de los siguientes documentos:

  1. La aportación de la instrucción interna.
  2. El acuerdo suscrito por la empresa y los representantes de los trabajadores.
  3. Remisión del convenio colectivo de aplicación en la empresa en su caso
  4. Cualquier otro documento que acredite fehacientemente este extremo a instrucción o protocolo interno.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Prevención de Riesgos Laborales

Órgano que resuelve:

Viceconsejero de Empleo y Diálogo Social

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución será de 6 MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que las solicitud hubiera tenido entrada en el registro electronico del organo competente para resolver.

A los efectos de su publicidad y conocimiento, la resolución será objeto de publicidad a través de la página Web de la Junta de Castilla y León por tiempo no inferior a un mes desde la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.    

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • La justificación se entenderá efectuada con la presentación de la solicitud, así como el resto de documentación que han de acompañar a la misma, y de la cuenta justificativa simplificada.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN EEI/582/2021, de 10 de mayo, por la que adquieren la condición de beneficiarios y se establece resultado para el resto de los solicitantes de las subvenciones públicas dirigidas a la adquisición de sistemas de protección colectiva y de señalización, de los productos químicos de limpieza y desinfección, y para el mantenimiento y mejora del sistema de climatización, frente a la COVID-19, convocadas mediante Orden de 21 de diciembre de 2020, de la Consejería de Empleo e Industria. código BDNS 541008. (BOCyL 17-05-2021)

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.