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Ayudas para labores de mejora y prevención de daños en terrenos forestales con vocación silvopastoral (2021) y sus pagos

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2407
  • SIA: 1253425
  • BDNS (Identificador): 601361

Fecha de publicación:

22 de diciembre de 2021

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva la concesión de ayudas para la elaboración de un plan silvopastoral de duración quinquenal, así como la ejecución de labores de mejora y prevención de daños en terrenos forestales con vocación silvopastoral, que tiene como finalidad la concesión de ayudas para la conservación y mejora de los terrenos silvopastorales, financiando la planificación previa y la posterior ejecución de diversas actuaciones en la explotación ganadera.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PAGO 1ª ANUALIDAD (Incorporación 2021): Desde el día 23 de marzo de 2023 hasta el 27 de octubre de 2023, inclusive.

■ En el caso de solicitudes de incorporación a la ayuda concedidas desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, DESDE EL 23 DE MARZO DE 2023 HASTA EL 28 DE JUNIO DE 2024, INCLUSIVE.
■ En el caso de solicitudes de incorporación a la ayuda concedidas desde el 1 de enero de 2024, la solicitud de pago se podrá presentar DESDE 22 DE FEBRERO DE 2023 HASTA EL 27 DE JUNIO DE 2025, INCLUSIVE. [Incluido en la MODIFICACIÓN de BOCyL publicada el 21-02-2024]

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PAGO 2ª ANUALIDAD (Incorporación 2021): Desde el 2 de marzo de 2024 hasta el 28 de junio de 2024, inclusive.

■ En el caso de solicitudes de incorporación a la ayuda concedidas desde el 1 de enero de 2024, desde el 2 de marzo de 2024 hasta el 27 de junio de 2025, inclusive.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personas físicas o jurídicas, de derecho público o de derecho privado, que sean titulares de explotaciones ganaderas con aprovechamiento de pastos o entidades locales propietarias de montes o terrenos forestales.
  • Agrupaciones integradas por varios titulares de explotaciones ganaderas de derecho privado, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, para realizar en común las actuaciones previstas.
  • Comunidades de Bienes, siempre que puedan llevar a cabo las actuaciones previstas, y se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, siempre y cuando cuenten con CEA.
  • Entidades Locales propietarias de montes o terrenos forestales que cuenten con C.E.A.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los terrenos objeto de las actuaciones deberán:

  1. Estar disponibles por el titular de la explotación durante los cincos años de duración de la ayuda. El titular de la explotación deberá contar con un documento que acredite esa disponibilidad de los mismos.
  2. Estar ubicados en Castilla y León.
  3. Encontrarse dentro de una misma provincia.
  4. Encontrarse dentro de un mismo término municipal o colindantes.

¿Para qué es la ayuda?:

Las ayudas reguladas irán dirigidas a las siguientes actuaciones:

– La redacción de un plan silvopastoral.

– Desbroce o arranque.

– Resalveo.

– Implantación y mejora de pastizales.

– Protectores para la densificación del arbolado.

– Cerramientos ganaderos.

– Mangas ganaderas.

– Puntos de agua.

– Pasos canadienses.

Cuantía:

El importe total de la ayuda estará entre 8.000 y 50.000 €, distribuido durante los cinco años de duración del contrato y se calculará utilizando los importes unitarios establecidos en el Anexo I

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, debiendo figurar como solicitante alguno de los que puede ser considerado beneficiario, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar (CORREGIDO 22-06-2023). Abre una nueva ventana Documentación a presentar (CORREGIDO 22-06-2023) (215 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Promoción Forestal

Órgano que resuelve:

Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. El transcurso del citado plazo sin haberse dictado y notificado resolución, legitima al solicitante para entender DESESTIMADA, por silencio administrativo

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (225 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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