Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2385
- SIA: 1253415
- BDNS (Identificador): 598646
Fecha de publicación:
9 de diciembre de 2021
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una ayuda para la elaboración de planes quinquenales de actuaciones preventivas de daños a los bosques, así como la realización de los tratamientos selvícolas e infraestructuras forestales incluidos en el mismo. La convocatoria tiene como finalidad la concesión de ayudas al desarrollo rural que sirvan para prevenir los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes, contribuyendo con ello a la protección del medio ambiente y al freno del cambio climático.
Las actuaciones concedidas no podrán estar iniciadas con anterioridad a la notificación al beneficiario de la resolución de concesión de la ayuda.
Cuando se le indique en las condiciones de ejecución establecidas en la resolución de concesión de la subvención, el beneficiario deberá comunicar al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la conforme al modelo disponible, la fecha del inicio de la ejecución de las actuaciones previamente a su comienzo.
La forma de presentación, el plazo y la documentación a entregar será la que se establezca anualmente en la correspondiente orden de convocatoria de pago.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PAGO 1ª ANUALIDAD (Incorporación 2021): Desde el día 23 de marzo de 2023 hasta el 27 de octubre de 2023, inclusive.
■ En el caso de solicitudes de incorporación a la ayuda concedidas desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, desde el 23 DE MARZO DE 2023 HASTA EL 28 DE JUNIO DE 2024, inclusive.
■ En el caso de solicitudes de incorporación a la ayuda concedidas desde el 1 de enero de 2024, la solicitud de pago se podrá presentar desde el 1 de marzo de 2024 hasta el 27 de junio de 2025, inclusive.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PAGO 2ª ANUALIDAD (Incorporación 2021): Desde el día 2 de marzo de 2024 hasta el 28 de junio de 2024, inclusive.
■ En el caso de solicitudes de incorporación a la ayuda concedidas desde el 1 de enero de 2024, DESDE EL 2 DE MARZO DE 2024 HASTA EL 27 DE JUNIO DE 2025, inclusive.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
- Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.
- Agrupaciones integradas por varios titulares de explotaciones forestales, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, para realizar en común todas las actuaciones previstas.
- Las comunidades de bienes titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.
Cuantía:
El importe anual de la ayuda oscilará entre los 5.000 y 15.000 euros durante un período de cinco años desde la concesión.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Documentación a presentar (general y complementaria) (125 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Promoción Forestal
Órgano que resuelve:
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera notificado resolución expresa, implicará que el solicitante pueda entender DESESTIMADA su solicitud.
Notificaciones:
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN
Tendrán la consideración de causas que pueden dar lugar a la modificación de la resolución de concesión cuando se pretenda cambiar:
- Uno o varios beneficiarios de la ayuda.
- Las actuaciones subvencionadas en cuanto a su ubicación, tipo, anualidad y condiciones de ejecución, siempre que no suponga una reducción mayor del 10% del importe inicialmente concedido.
En ningún caso la modificación supondrá un incremento del importe de la ayuda concedida ni la alteración de su finalidad.
Solicitud. Se deberá presentar una solicitud de modificación, conforme al modelo disponible.
- Tratándose de modificación de beneficiarios, en cualquier momento, previamente al pago de la ayuda.
- Tratándose de modificación de las actuaciones subvencionadas, hasta tres meses antes de la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones y, en todo caso previamente a la ejecución de las actuaciones que se pretenden modificar.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (214 kbytes)