Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León
Descripción:
Este decreto tiene por objeto desarrollar el Capítulo III del Título II de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública, estableciendo el régimen jurídico de la utilización por la Administración Autonómica de medios electrónicos en el desarrollo de su actividad administrativa y en sus relaciones con los ciudadanos.
Se basa en cuatro pilares.
- La cercanía de la Administración y la cohesión social y territorial que implica generalizar una atención no presencial.
- La eficacia que supone garantizar una sostenibilidad social, económica y medioambiental mediante la optimización de los recursos y el consiguiente ahorro público y de los ciudadanos y las empresas.
- El aumento de la calidad del servicio que supone la teletramitación de los procedimientos, ya que implica un esfuerzo de sencillez, claridad y rapidez adecuándolos al coste, al tiempo y a la norma.
- La transparencia que implica el uso de la tecnología de la información y de las comunicaciones como elemento de participación ciudadana.
Estado de la norma:
Vigente
Ámbito de aplicación:
Autonómico
Boletín y Fecha de publicación:
BOCyL nº 32 de 15 de febrero de 2013