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Ayudas para la realización de acciones de formación profesional y adquisición de competencias en materia de formación agraria y agroalimentaria (2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2695
  • SIA: 1814238
  • BDNS (Identificador): 700443

Fecha de publicación:

6 de junio de 2023

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para mejorar la capacitación profesional de los sectores agrario, forestal, agroalimentario y del desarrollo rural, con el objetivo transversal de modernizar el sector, fomentando y compartiendo el conocimiento, la innovación y la digitalización en la agricultura y las
zonas rurales, y alentando su adopción.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 7 de junio de 2023 hasta el 21 de junio de 2023

Más Detalles:

15 días naturales a contar desde el inicio del plazo de solicitud de la convocatoria a la que concurran.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Prestadores de los servicios de formación que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Ser personas jurídicas, con o sin ánimo de lucro, directamente relacionadas con los sectores agrario, forestal/medioambiental, agroalimentario y/o con el desarrollo rural. Para justificar esta relación, se tendrá en cuenta la actividad de la entidad solicitante durante los dos años previos a la publicación de la convocatoria a la que concurran. No podrán tener la condición de beneficiarias las entidades, organizaciones o personas jurídicas cuya única relación con estos sectores sean las actividades de formación, información y/o demostración.
  • Estar constituidas como mínimo dos años antes de la fecha de publicación que convoque las ayudas a las que concurran.
  • Incluir entre sus fines estatutarios la formación.

¿Para qué es la ayuda?:

Tendrá la consideración de actividad subvencionable las siguientes acciones que deberán estar finalizadas el 16 de diciembre de 2023:

a) Acciones de formación profesional y adquisición de competencias.
b) Actividades de demostración e información.

Estas acciones tendrán temática agraria, forestal/medioambiental, agroalimentaria y/o de desarrollo rural.

La temática de las acciones subvencionables incorporará obligatoriamente la perspectiva de género, siempre que su contenido lo permita.

En cuanto a su duración y naturaleza:

a) Las acciones tendrán una duración mínima de 4 horas. Los cursos de temática regulada por normativa específica se ajustarán a la duración establecida en la misma.
b) Las acciones podrán desarrollarse como cursos, jornadas, talleres o sesiones de orientación, así como visitas a explotaciones agrícolas y forestales, y tendrán un número entero de horas.

En cuanto al número y edad de los asistentes se fijan los siguientes límites:

a) El número mínimo de alumnos subvencionables por acción será de cinco, no estableciéndose límite máximo. En las actividades reguladas por normativa específica se respetarán los límites de ésta si fueran más restrictivos que los anteriores.
b) La edad mínima del alumnado será de dieciséis años, tomando como referencia la fecha de inicio de la acción a realizar.

La modalidad de impartición de las acciones podrá ser, de acuerdo con las especificaciones de la convocatoria, presencial, no presencial o mixta. En las acciones reguladas se respetarán las modalidades permitidas por su normativa específica.

Cuantía:

  • La cuantía máxima inicial concedida por entidad solicitante será de 60.000 €.
  • Si al calcular la ayuda se superase esta cantidad, no se incluirán las acciones que tengan menor puntuación y, a igualdad de puntuación, las solicitadas por la entidad en último lugar, hasta que la cuantía concedida no supere esta cifra.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, a través de la aplicacion electrónica SCAG, acompañada de la siguiente documentación, que se digitalizada y aportará como archivo anexo:

  • Documento acreditativo de la fecha de constitución de la persona jurídica.
  • Copia de sus Estatutos, salvo que obren en poder de la Consejería y no se hayan producido cambios.
  • Designación de persona autorizada a efectos de solicitar esta ayuda, cuando no solicite directamente el representante legal de la persona jurídica.
  • Programa de actividades integrado por las memorias de cada acción propuesta en la solicitud, con especificación de los objetivos y contenidos de dicha acción.
  • Justificación de que la actividad desarrollada por el solicitante está estrechamente relacionada con los sectores agrario, forestal, agroalimentario y/o con el desarrollo rural en el ámbito territorial de Castilla y León. La relación con estos sectores se valorará en los ámbitos de la producción, transformación y/o comercialización; gerencia, dirección y/o gestión de empresas; y fomento o impulso de dichos sectores.
  • Identificación, en su caso, del grupo empresarial al que pertenecen.
  • Modelo normalizado en relación al cumplimiento de lo prescrito en el artículo
    13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

La solicitud de ayuda deberá ser firmada por el representante del solicitante o la persona autorizada. El número máximo de acciones solicitadas por entidad será de diez. Una entidad no podrá solicitar más de tres acciones con el mismo título y contenidos en modalidad de aula virtual o modalidad mixta.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Formación Agraria

Órgano que resuelve:

Dirección General de Desarrollo Rural

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose, por tanto, DESESTIMADAS las no resueltas y expresamente notificadas en dicho plazo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación
  • Una vez finalizada una acción, la entidad beneficiaria presentará telemáticamente, haciendo uso de la aplicación electrónica SCAG, una solicitud de pago en el plazo máximo de quince días naturales a partir de la finalización de la actividad y siempre antes del 31 de diciembre de 2023.

Destinatarios de las acciones subvencionables

  • El alumnado destinatario de estas acciones deberá pertenecer a alguno de los siguientes grupos:
    a) Grupo 1. Personal técnico asesor de una entidad beneficiaria según lo establecido en la orden que establezca las bases reguladoras vigentes de la concesión de ayudas por la prestación del servicio de asesoramiento a las explotaciones en el marco del PE PAC 2023/27, cofinanciadas por el FEADER.
    b) Grupo 2. Personas que hayan presentado una solicitud de ayuda al establecimiento de personas jóvenes agricultoras (antes ayuda a la instalación de jóvenes agricultores), ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias o a ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (antes ayuda a las inversiones en explotaciones agrarias), o bien personas que hayan recibido alguna de estas ayudas de modernización en los últimos cinco años previos al inicio de la acción.
    c) Grupo 3. Miembros de explotaciones de titularidad compartida y de entidades asociativas prioritarias, titulares de explotación en activo y en general personas que desarrollen sus actividades en los sectores agrario, agroalimentario y forestal.
    d) Grupo 4. Personas interesadas en desarrollar o incorporarse a la actividad agraria, así como a los sectores forestal o agroalimentario.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (94 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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