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Aptos fase prácticas Ingreso, acceso, adquisición de nuevas especialidades, procedimiento de baremación y acreditación de competencia lingüística de SECUNDARIA y otros Cuerpos

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Contenido publicado el 26 de julio de 2023:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaOrden EDU/922/2023, de 17 de julio (824 kbytes) , por la que se declaran aptos en la fase de prácticas y se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y profesores de música y artes escénicas, convocados por Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo, a los funcionarios que realizaron la fase de prácticas en el curso 2022/2023.

Primero.– Aspirantes aptos.

Declarar aptos en la fase de prácticas en los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los cuerpos de profesores profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y profesores de música y artes escénicas a quienes, por haber sido evaluados positivamente por las correspondientes Comisiones Calificadoras, se relacionan en el anexo.

Segundo.– Régimen jurídico administrativo.

El régimen jurídico administrativo del personal declarado apto en la fase de prácticas por la presente orden será, hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera, el de funcionarios en prácticas, siempre que estén desempeñando un puesto docente.

Tercero.– Aprobación del expediente.

1. Aprobar parcialmente el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y profesores de música y artes escénicas, convocados mediante Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo, de conformidad con el apartado cuadragésimo primero de dicha convocatoria.

2. El nombramiento como funcionarios de carrera tendrá efectos de 1 de septiembre de 2023.

3. La presente orden se remitirá al Ministerio de Educación y Formación Profesional, a efectos del nombramiento como funcionarios de carrera y de la expedición de los correspondientes títulos de quienes figuran en el anexo.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 10.1 a), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrán interponer recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.