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Subvención directa del Programa PROA + en centros privados concertados (2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3067
  • SIA: 2405128
  • BDNS (Identificador): 756547

Descripción:

OBJETO

Conceder una subvención directa a los titulares de los centros privados concertados con alumnado de alta vulnerabilidad socioeducativa, en el marco del Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa de Castilla y León (PROGRAMA PROA+).

Este Programa de Cooperación tiene como objetivos mejorar los resultados escolares del alumnado vulnerable e incrementar el porcentaje de permanencia de alumnado en el centro, promocionando el éxito educativo y aumentando sus expectativas. Alumnado educativamente vulnerable en sentido amplio es aquel que presenta necesidades de tipo asistencial, escolar, socioeducativas y/o específicas de apoyo educativo, como barreras que le que van a condicionar, potencial o efectivamente, las posibilidades de éxito educativo.

Siendo las Comunidades Autónomas quienes deben decidir los centros que precisan recibir apoyo a través de este Programa, en Castilla y León a través de un proceso coordinado con las Direcciones Provinciales, se han propuesto, de entre los sostenidos con fondos públicos que tiene un porcentaje de alumnado vulnerable igual o superior al 30 por ciento, aquellos que cuentan con más alumnado vulnerable, habiendo sido autónomos los centros para aceptar la propuesta.

Cada uno de los centros y la Consejería de Educación han firmado un Acuerdo de Compromiso Singular, en el que se concretan las actividades palanca a desarrollar para alumnado, centro y entorno-familia, enmarcadas en el elenco de actividades y actuaciones elegibles que figuran en el catálogo del Programa PROA+ y que contribuyen a mejorar el éxito educativo de todo el alumnado.

El programa PROA + se estructura en torno a cinco líneas estratégicas:

  1. Asegurar las condiciones mínimas de educabilidad del alumnado.
  2. Apoyar al alumnado con dificultades para el aprendizaje.
  3. Desarrollar actitudes positivas en el centro.
  4. Mejorar el proceso de enseñanza aprendizaje de aquellos aspectos de las competencias básicas con dificultades de aprendizaje.
  5. Aplicar nuevas formas de organización y gestión del centro orientadas a mejorar el éxito educativo de todo el alumnado, contemplando infraestructuras estratégicas y la mejora de la calidad y estabilidad del profesorado o profesionales que participen en el desarrollo del programa.

La Consejería de Educación, además de la distribución de recursos económicos a los centros participantes, se encargará de mantener un permanente acompañamiento y asesoría

ACEPTACIÓN

La concesión de la subvención se notificará al beneficiario que deberá aceptarla en el plazo de 30 días desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya aceptado se entenderá que renuncia a ella.

El documento de aceptación se presentará conforme al modelo del documento nº 6.

Asimismo, debe presentar el modelo Declaración responsable de las entidades titulares de los centros, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según el modelo del documento nº 4.

FORMA DE JUSTIFICACIÓN

Los beneficiarios deberán remitir a la Consejería de Educación exclusivamente por medios electrónicos a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la siguiente documentación:

  1. Memoria justificativa técnica y económica, en la que deberán detallar el grado de consecución de los objetivos previstos, las actuaciones cuyo cumplimiento se pretende y las actividades concretas que han desarrollado. Contendrá la evaluación cuantitativa y cualitativa del proceso y de los resultados, con sus propuestas de mejora, así como del soporte documental, fotografías y otros documentos gráficos o audiovisuales que ofrezcan información relevante sobre las acciones, su contenido, ejecución y resultados principales. Conforme al modelo del documento nº 1.
  2. Relación clasificada de los gastos elegibles de la actividad o actividades que hubieran realizado, firmada por el responsable de cada centro, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. En caso de contratación de personal, la relación clasificada de las personas contratadas con determinación exacta de las fechas de contratación y los importes pagados. Conforme al modelo del documento nº 2.
  3. Declaración responsable de las entidades titulares de los centros, detallando otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Conforme al modelo del documento nº 3.    
  4. En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

La justificación de la subvención deberá presentarse desde el 30 de junio hasta el 31 de julio 2024, incluido.

Se justificarán las cantidades correspondientes a los gastos realizados desde el inicio del curso hasta el 30 de junio 2024.

SUBSANACIÓN

Si la documentación aportada no reuniera todos los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, conforme el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

La entidad deberá presentar, a través de su representante legal, la documentación requerida en la fase de subsanación exclusivamente a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, mediante el envío de un formulario de incorporación de datos cumplimentado conforme al modelo del documento nº 5, al que anexará toda la documentación requerida en ficheros pdf.

PAGO DE LA SUBVENCIÓN

El pago de la subvención se realizará una vez presentada la documentación justificativa.

El incumplimiento por parte del beneficiario del objeto de la subvención dará lugar, según los casos, a que no proceda el abono de la subvención o se reduzca en la parte correspondiente.

Consejería / Centro Directivo:

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.