Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 1344
- SIA: 1813409
- BDNS (Identificador): 827169
Fecha de publicación:
25 de abril de 2025
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la incorporación de titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León a los regímenes de ayudas que a continuación se indican, teniendo en cuenta que se trata de nuevos compromisos plurianuales que deben asumirse a partir de 2025, por un período, de cinco años, es decir, para el período comprendido entre la campaña agrícola 2024/2025 o año 2025 y la campaña agrícola 2028/2029 o año 2029, ambos incluidos:
- Apicultura para la mejora de la biodiversidad,
- Agricultura ecológica.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 26 de abril de 2025 hasta el 15 de mayo de 2025
Más Detalles:
Se establece un plazo coincidente con el plazo de presentación de la Solicitud Única 2025, a computar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León, es decir, del 26 de abril al al 15 de mayo de 2025, ambos inclusive, siendo el PLAZO DE MODIFICACIONES HASTA EL 31 DE MAYO 2025.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Titulares de explotaciones agrarias ubicadas en Castilla y León, que se comprometan voluntariamente a adoptar prácticas y métodos agroambientales y de agricultura ecológica, y que cumplan los requisitos y compromisos establecidos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los agricultores o grupos de agricultores deberán cumplir los siguientes requisitos para la incorporación:
a) Ser titulares de explotaciones agrarias ubicadas en territorio de la Comunidad de Castilla y León, a fecha fin de plazo de presentación de la solicitud de incorporación.
b) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En particular deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
c) Si la persona solicitante tiene la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008 de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la administración de la Comunidad de Castilla y León, deberá acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o en su caso, la exención de dicha obligación eN los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. La acreditación y justificación de este requisito se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 75/2008, en la correspondiente convocatoria y en el acto de concesión de la ayuda.
d) Que cumplan con el sistema de incompatibilidades.
e) Que la superficie básica del contrato (o número de colmenas, según casos), cumpla el mínimo fijado para cada intervención medioambiental y climática.
f) Que en la campaña agrícola 2024/2025 o año 2025 no tengan en vigor un contrato de la misma intervención medioambiental y climática para la que se solicita la incorporación, suscrito durante el período de programación 2023-2027.
Además, en función del tipo de intervención se deberán cumplir los requisitos que a continuación se indican:
a) En el caso de la intervención medioambiental y climática de Apicultura para la mejora de la biodiversidad, deberán ser titulares de explotaciones apícolas debidamente inscritas, a fecha fin de plazo de presentación de la solicitud de incorporación.
b) En el caso de la intervención medioambiental y climática de Agricultura ecológica, deberán estar incluidos en el Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias de agricultura ecológica de Castilla y León (sección correspondiente del Registro de Explotaciones Agrarias, regulado por el Decreto 19/2015, de 5 de marzo, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León), y que las parcelas por las que solicita incorporarse estén debidamente inscritas por la autoridad competente, todo ello a más tardar a fecha 30 de septiembre de 2024.
A efectos de la determinación de la superficie básica de contrato, se tendrán en cuenta los casos excepcionales de jóvenes incorporados a la actividad agraria que hayan presentado solicitud de primera instalación, computándose el cumplimiento de los requisitos a fecha fin de plazo de solicitud de incorporación a la intervenciones medioambientales y climáticas.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, debidamente cumplimentada, y compañada de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (92 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Medidas Ambientales de Desarrollo Rural
Órgano que resuelve:
Dirección General de Política Agraria Comunitaria
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación es de 6 MESES desde que hubiera finalizado el plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes que no sean resueltas y notificadas expresamente en dicho plazo se entenderán DESESTIMADAS.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
INCOMPATIBILIDADES
- A los efectos de la incorporación de titulares de explotación a las intervenciones medioambientales y climáticas convocadas en la presente orden, las incompatibilidades son las recogidas en el artículo 12 de la Orden de Bases, AGR/227/2023 de 20 de febrero, por lo que la persona solicitante deberá indicar el orden de preferencia de concesión en el caso de que solicite la incorporación para varias ayudas que sean incompatibles entre sí.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (28 kbytes)