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Prima compensatoria para los expedientes de forestación de tierras agrícolas (periodos 1993-1999, 2000-2006 y 2007-2013) Anualidad 2024

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 849
  • SIA: 1253045
  • BDNS (Identificador): 745425

Fecha de publicación:

27 de febrero de 2024

Objeto:

Convocar la prima compensatoria correspondiente a la anualidad de 2024, para los expedientes de forestación de tierras agrícolas concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante los periodos de programación 1993-1999, 2000-2006 y 2007-2013, que tiene como finalidad compensar a los titulares de las parcelas forestadas con una prima anual por la pérdida de rentas derivadas del cambio de uso de las tierras.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 28 de febrero de 2024 hasta el 30 de abril de 2024

Más Detalles:

Excepto en los casos de fuerza mayor y en circunstancias excepcionales, de conformidad con el artículo 13.1 del citado Reglamento Delegado (UE) 640/2014, de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, la presentación de la solicitud fuera de plazo dará lugar a una reducción del 1% por día hábil de los importes a los que el solicitante habría tenido derecho en caso de presentación de la solicitud en el plazo establecido. Las solicitudes presentadas con posterioridad a los veinticinco días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación se considerarán inadmisibles.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas o entidades que previamente hayan sido beneficiarias de las ayudas a la forestación, tras las convocatorias publicadas durante los años 1993 a 2013.

¿Para qué es la ayuda?:

Se trata de una prima anual para cubrir las pérdidas de ingresos que ocasione la forestación a los agricultores, o a sus asociaciones, dedicados a labrar la tierra antes de la forestación, o a cualquier otra persona física o jurídica de derecho privado.

¿Qué documentos necesito?

Beneficiarios obligados a presentar solicitud: Será necesario solicitar la prima compensatoria en el formulario denominado “Solicitud de prima compensatoria”, acompañado de la documentación indicada en el archivo adjunto, que se digitalizará y aportará como archivos anexos. Será obligatorio en los siguientes supuestos:

  1. La primera vez que se solicite.
  2. Siempre que para esa anualidad se desee hacer valer la condición de agricultor/a a título principal o de agricultor/a profesional.
  3. Cuando formando parte de una agrupación de titulares se desee recibir la prima compensatoria de forma individual.
  4. Cuando haya un cambio de titular o una variación de los datos de la persona o entidad titular o de los terrenos objeto de ayuda que conlleven una modificación en el importe de la prima, con respecto al concedido en anualidades anteriores o en los datos que obran en la Administración para la tramitación de los pagos que correspondan.
  5. Cuando se desee recuperar la condición de persona o entidad beneficiaria de la prima compensatoria en el caso de haberse procedido a la suspensión o denegación en alguna anualidad.

Beneficiarios NO obligados a presentar la solicitud: Deberán presentar, en caso de no haberlo hecho con anterioridad o si hubiera cambiado su situación, autorización expresa para la comprobación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el modelo “Autorización cruces AEAT”, o, en su defecto, certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativo del cumplimiento de tales obligaciones.

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (107 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Promoción Forestal

Órgano que resuelve:

Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal

Plazo de resolución:

El plazo para resolver será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la solicitud de la prima compensatoria. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado la resolución se podrá entender DESESTIMADA la solicitud por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, por la que se hace pública la relación de expedientes concedidos y denegados de la prima compensatoria correspondiente a la anualidad de 2023 en los expedientes de forestación de tierras agrícolas (BOCyL 19-10-2023)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (33 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.