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Solicitudes de reconocimiento de modificación del pliego de condiciones y de anulación de DOP/IGP de productos vitivinícolas

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 511
  • SIA: 1813121

Objeto:

Procedimiento de solicitud de protección e inscripción en el registro comunitario de nuevas DOP e IGP de productos vitivinícolas de Castilla y León, así como la modificación de sus pliegos de condiciones y, en su caso, la anulación de DOP o IGP de productos vitivinícolas ya reconocidas. Asimismo, se contempla en este procedimiento la presentación de las declaraciones de oposición a las solicitudes de registro, de modificación y de anulación de DOP e IGP de productos vitivinícolas, así como la presentación de la solicitud de la protección nacional transitoria para las solicitudes de registro (nuevas DOP/IGP).

¿Quién lo puede solicitar?

  • La solicitud de registro de una nueva DOP o IGP de un producto vitivinícola puede ser presentada por una agrupación o grupo de productores.
  • La solicitud de modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP ya reconocida deber ser presentada por el consejo regulador u órgano de gestión de la DOP/IGP.
  • La solicitud de anulación de una DOP o IGP podrá ser presentada por el consejo regulador u órgano de gestión o, en su caso, por el solicitante único que pueda acreditar el interés legítimo en relación con el producto protegido.
  • Las declaraciones de oposición podrá ser presentada por cualquier persona física o jurídica establecida o que resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses considere afectados.
  • La solicitud de protección nacional transitoria para una DOP o IGP de un producto vitivinícola podrá ser presentada por la agrupación solicitante o, en su caso, solicitante único.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los requisitos y condiciones de admisibilidad de las solicitudes establecidos en el R (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

En cuanto a la protección nacional transitoria, el órgano encargado de la resolver, el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, solo podrá concederla una vez que la  Comisión Europea haya publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el documento único y la referencia al pliego de condiciones para el inicio del procedimiento de oposición comunitario.

¿Qué documentos necesito?

a) En el caso de solicitud de protección e inscripción en el registro comunitario de una nueva DOP/IGP de un producto vitivinícola, deberá aportarse:

  • Formulario de solicitud de protección e inscripción en el registro comunitario de DOP/IGP de productos vitivinícolas.
  • Estatutos de la asociación o, en su caso, reglamento, ordenanza o conjunto de normas legales por las que se regula el funcionamiento de la agrupación o grupo de operadores solicitante, relación y características de los promotores y documentación acreditativa de la vinculación profesional, económica y territorial con el producto. En el caso de que se trate de una única persona física o jurídica, además deberá aportarse la documentación acreditativa de que se cumplen las condiciones para esta excepción.
  • Estudio justificativo de la solicitud cuyo contenido mínimo figura en el Anexo I.
  • Pliego de condiciones del producto según el modelo de Anexo II.
  • Documento único según el modelo del Anexo III.

b)    En el caso de solicitud de modificación del pliego de condiciones de una DOP/ IGP de un producto vitivinícola ya registrada, deberá aportarse:

  • Formulario de solicitud de modificación del pliego de condiciones de una DOP/IGP de un producto vitivinícola.
  • Documentación acreditativa (certificado o copia del acta) en la que conste el acuerdo de solicitud de modificación por el consejo regulador u órgano de gestión.
  • Memoria justificativa de la modificación propuesta, si procede.
  • La versión modificada del pliego de condiciones (Anexo II). 
  • En el caso de que la modificación propuesta afecte al Documento Único, versión actualizada de este (Anexo III).

c)    En el caso de solicitud de anulación del registro comunitario de una DOP o IGP de un producto vitivinícola, deberá aportarse:

  • Formulario de solicitud de anulación del registro comunitario de una DOP/IGP de un producto vitivinícola.
  • Documentación acreditativa (certificado o copia del acta) en la que conste el  acuerdo de solicitud de anulación por el consejo regulador, órgano de gestión o la agrupación solicitante.
  • Documentación acreditativa del interés legítimo, únicamente, cuando el solicitante no sea el consejo regulador u órgano de gestión. En este caso, al objeto de demostrar el interés legítimo la agrupación o grupo de operadores deberá aportar una declaración debidamente firmada y la documentación justificativa que acredite el interés legítimo.


d)    En el caso de presentación de una declaración motivada de oposición a una solicitud de registro de una DOP/IGP de un producto vitivinícola, a una solicitud de modificación del pliego de condiciones o a una solicitud de anulación de una DOP o IGP de un producto vitivinícola, deberá aportarse:

  • Formulario de declaración de oposición a una DOP/IGP de un producto vitivinícola.
  • Descripción de la motivación de la oposición.
  • Documentación acreditativa del interés legítimo.
  • Documento que acredite la representación, en el caso de actuar por medio de representante.

e)    En el caso de solicitud de la protección nacional transitoria para una DOP o IGP de un producto vitivinícola, deberá aportarse:

  • Formulario de solicitud de protección nacional transitoria de una DOP/IGP de un producto vitivinícola.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente

Plazo de resolución:

3 meses.

Notificaciones:

  •  Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • REGLAMENTO (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrícolas.
  • REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº 2019/33 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013.
  • REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) Nº 2019/34 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1308/2013.
  • LEY 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supra-autonómico. (BOE 13-05-2015)
  • REAL DECRETO 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas. (BOE 18-10-2011)
  • LEY 8/2005, de 10 de junio de la Viña y del Vino de Castilla y León (BOCyL 16-06-2005)
  • DECRETO 50/2018, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León. (BOE 24-12-2018)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria

Órgano que resuelve:

Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León

Información adicional:

  • Las solicitudes de registro, modificación y anulación se someterán a un procedimiento nacional de oposición antes de su envió a la Comisión Europea.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (121 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica