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Ayudas destinadas a la mejora de la actividad resinera y de los pinares de Pinus pinaster en el ámbito de Castilla y León

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3325
  • SIA: 3029511
  • BDNS (Identificador): 710937

Fecha de publicación:

7 de agosto de 2023

Objeto:

Convocar para el año 2023 las ayudas destinadas a la mejora de la actividad resinera y de los pinares de Pinus pinaster en el ámbito de Castilla y León.

Estas ayudas tienen como finalidad la realización de actuaciones de mejora en masas  forestales que cuenten entre sus especies arbóreas con Pinus pinaster, independientemente de si se están resinando o no, mediante la realización de tratamientos selvícolas o de mejora de la masa por aquéllos que se dedican profesionalmente a la actividad resinera, realizados preferentemente en aquellos periodos del año en los que dicha actividad principal se paraliza.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 8 de agosto de 2023 hasta el 6 de octubre de 2023

Más Detalles:

La solicitud de ayuda se podrá presentar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, hasta el 6 de octubre de 2023, inclusive (MODIFICADO BOCyL 19-09-2023)

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial

Electrónico

¿Quién lo puede solicitar?

  • a) Personas físicas o agrupaciones de personas físicas, titulares de explotaciones resineras, afiliadas a la Seguridad social con anterioridad al 1 de marzo de 2023 como trabajadores autónomos en el CNAE 0230 «recolección de productos silvestres».
  • b) Las comunidades de bienes, y demás entidades de derecho privado sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones resineras.
  • c) Las personas jurídicas legalmente constituidas, titulares de explotaciones resineras.
  • d) Las entidades locales titulares de montes en que se desarrollen explotaciones resineras, con un mínimo de 20.000 pies de Pinus pinaster en resinación.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las personas físicas o agrupaciones de personas físicas, comunidades de bienes, y demás entidades de derecho privado sin personalidad jurídica y las personas jurídicas legalmente constituidas, titulares de explotaciones resineras deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

  • a) Contar con un mínimo de 20.000 pies de Pinus Pinaster en resinación, ubicados en Castilla y León (a título individual o mediante la agrupación con otros titulares).
  • b) Realizar su actividad profesional de extracción de resina en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León.


Las entidades locales titulares de montes en que se desarrollen explotaciones resineras, con un mínimo de 20.000 pies de Pinus pinaster en resinación deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

  • a) Sólo se podrán agrupar entre sí.
  • b) Deberán respetar las normas de contratación con terceros de alguna o todas las actividades subvencionadas establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos de Sector Público.
  • c) En toda la documentación generada en aplicación de los procedimientos de contratación, deberá reflejar la financiación recibida con fondos Next Generation UE a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

¿Para qué es la ayuda?:

Son actuaciones subvencionables tanto la elaboración del plan de actuaciones como los tratamientos selvícolas incluidos en dicho plan, incluyendo las siguientes acciones:

a) Desbroces
b) Clareos
c) Podas
d) Eliminación de restos

Cuantía:

  • Los importes unitarios para la financiación de las actuaciones subvencionables se han elaborado siguiendo un sistema de módulos o costes estándar, conforme figuran en el Anexo IV.
  • Para formalizar la solicitud de ayuda, los solicitantes deberán basarse en dichos importes unitarios, ya que, serán los que se utilicen para proceder a la concesión de la ayuda.
  • El importe máximo de ayuda por solicitud será de 150.000 euros. Para calcular el importe máximo de la ayuda se establecerán tramos de 5.000 euros por cada 5.000 pinos en resinación en su explotación.
  • No serán financiables los gastos derivados del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar (Modificado BOCyL 19-09-2023). Abre una nueva ventana Documentación a presentar (Modificado BOCyL 19-09-2023) (117 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Promoción Forestal

Órgano que resuelve:

Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera notificado resolución expresa implicará que el solicitante pueda entender DESESTIMADA su solicitud.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Plazo de ejecución
Los trabajos se podrán realizar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda y hasta el 23 de mayo de 2025 inclusive.

Prórroga del plazo de ejecución.
De conformidad con lo establecido en el apartado anterior de esta base, cuando las actuaciones concedidas no puedan realizarse en el plazo anteriormente señalado por causas debidamente justificadas, podrá concederse, previa solicitud por parte del beneficiario, una prórroga del plazo de ejecución, que conllevará asimismo la prórroga del plazo de presentación de la comunicación de finalización de las actuaciones.

La solicitud de prórroga podrá presentarse hasta un mes antes del vencimiento del plazo de ejecución establecido en la convocatoria, y su resolución deberá producirse antes del vencimiento de ese plazo.

La solicitud de prórroga se resolverá por el titular de la Consejería con competencia en estas ayudas, sin que, contra la misma, quepa recurso alguno.

Comunicación del inicio de las actuaciones
Las actuaciones concedidas no podrán estar iniciadas con anterioridad a la notificación al beneficiario de la resolución de concesión de la ayuda.
El beneficiario deberá comunicar, al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia en la que radiquen los terrenos, la fecha del inicio de la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda al menos cinco días antes de su comienzo, conforme al formulario denominado “comunicación de inicio de ejecución de las actuaciones”

Comunicación de finalización de las actuaciones.
Una vez finalizados los trabajos concedidos se deberá presentar una comunicación de finalización de las actuaciones de la ayuda conforme al formulario denominado «Comunicación finalización de las actuaciones»,

La comunicación de finalización de las actuaciones se podrá presentar hasta el 30 de mayo de 2025, inclusive.

Modificación de la resolución
La pretensión de cambiar de beneficiario de la ayuda así como las actuaciones subvencionadas, cuando sobrevengan causas de fuerza mayor o existan impedimentos técnicos que imposibiliten la ejecución de las actuaciones tal y como se refleja en la resolución de concesión de la ayuda en cuanto a su ubicación, tipo y/o condiciones de ejecución, siempre que no suponga una reducción mayor al 10% del importe inicialmente concedido, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

En ningún caso la modificación supondrá un incremento del importe de la ayuda concedida ni la alteración de su finalidad.

La solicitud de modificación se formalizará en el modelo «solicitud de modificación de la resolución de concesión de la ayuda.

Junto con esta solicitud, y para acreditar la modificación que se solicita, se deberán aportar los documentos que correspondan de los relacionados en el apartado sexto de esta orden.

La solicitud de modificación se deberá presentar en los siguientes plazos:

  • a) Si se tratara del cambio de uno o varios beneficiarios, en cualquier momento, previamente al pago de la ayuda.
  • b) Cuando se solicite la modificación de las actuaciones subvencionadas, hasta dos meses antes de la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones y, en todo caso previamente a la ejecución de las actuaciones que se pretenden modificar.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (93 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos

Financiado por la UE, Next Generation EU, dentro del plan PRTR-NG