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Autorización para el establecimiento de centros que imparten enseñanzas con arreglo a sistemas educativos extranjeros

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1904
  • SIA: 1813606

Objeto:

Obtener la autorización para establecer en la Comunidad centros que impartan enseñanzas conducentes a la obtención de títulos extranjeros de educación universitaria superior.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Estar debidamente constituidos según la legislación del país conforme a cuyo sistema educativo pretende impartir las enseñanzas.

Que los títulos y planes de estudios estén debidamente reconocidos.

Que las enseñanzas tengan plena validez en el país conforme a cuyo sistema educativo pretende impartir las enseñanzas.

Haber constituido la correspondiente fianza.

Haber suscrito un convenio con una Universidad pública a efectos de su adscripción.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado.

Memoria justificativa de: el personal docente (titulación, y régimen de dedicación); el personal de administración y servicios; los espacios y superficies con que cuenta.

Normas de organización y funcionamiento.

Compromiso de mantenimiento en funcionamiento del centro.

Estudios económicos básicos que garanticen su viabilidad.

Garantías financieras que aseguren dicha viabilidad.

Certificado expedido por la representación acreditada en España del país conforme a cuyo sistema educativa se haya de impartir la enseñanza de los requisitos previos exigidos.

Convenio de adscripción a una Universidad pública.

Convenio de adscripción a una Universidad pública.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente

Plazo de resolución:

  • 6 meses desde la presentación de la solicitud.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.

Recursos:

  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
  • Ley 3/2003, de 28 de marzo,de Universidades de Castilla y León.
  • Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Enseñanza Universitaria

Órgano que resuelve:

Junta de Castilla y León