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Declaración de finalización de arranque o plantación y solicitud de inscripción en la Sección Vitícola del REACyL (DF)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2464
  • SIA: 1813822

Objeto:

Declarar la finalización del arranque o de la plantación de viñedo, así como solicitar la inscripcion de dicha superficie en la seccion vitícola del Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL).

¿Quién lo puede solicitar?

El viticultor que ha arrancado o ha plantado una superficie de viñedo.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

Haber arrancado/plantado y en la fecha de presentación de la solicitud de arranque/plantación, el viticutor debe:

  • en los arranques: ser titular de la superficie de viñedo y ésta no ser una superficie vitícola abandonada.
  • en las plantanciones: ser titular del arranque y éste debe encontrarse vigente. La plantación de viñedo se llevará a cabo una vez obtenida la autorización de replantación

¿Qué documentos necesito?

  • Anexo VII: declaración de finalización de arranque o plantación y solicitud de inscripción en la Sección Vitícola del REACyL (DF)
  • Anexo VIII: certificado de viverista (para plantaciones)
  • Anexo X: autorización para la realizacion de trámites electronicos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

- En los arranques: una vez realizado el arraque, hasta finalización de la campñaña viticola correspondiente (31 de julio).

- En las plantaciones: una vez plantado el viñedo y antes del 30 de junio de la campaña correspondiente y siempre antes de la caducidad de la autorización de la replantación

Plazo de resolución:

  • No hay plazo de resolución, finaliza el proceso con la inscripción en la seccion vitícola del Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL).

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación Electrónica:  Sistema de notificaciones de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, NOTI , desde aquí usted podrá acceder a sus notificaciones, elegir el canal electrónico como medio de notificación y suscribirse a notificaciones a los procedimientos electrónicos que así lo hayan dispuesto.

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007.
  • Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola (BOE 30-10-2018)
  • Orden AYG/1408/2018, de 19 de diciembre, por la que se regula el potencial de producción vitícola en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 03-01-2019)
  • RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2023, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que modifican los ANEXOs de la Orden AYG/1408/2018, de 19 de diciembre, por la que se regula el potencial de producción vitícola en la Comunidad de Castilla y León.(BOCYL 17-08-2023)
  • RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se modifica el Anexo XI de la Orden AYG/1408/2018, de 19 de diciembre, por la que se regula el potencial de producción vitícola en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 10-05-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Órgano gestor:

Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Órgano que resuelve:

Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.