Convalidaciones y exenciones de módulos profesionales de ciclos de Formación Profesional
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Solicitar la convalidación de módulos profesionales incluidos en los títulos de Formación Profesional del sistema educativo por otros estudios cursados o la exención total o parcial del periodo de formación en empresa por su correspondencia con la experiencia laboral.
¿Quién lo puede solicitar?
Alumnado matriculado en enseñanzas de formación profesional que se imparten en centros educativos de Castilla y León, que desee convalidar módulos profesionales o solicitar la exención del periodo de formación en la empresa.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial
¿Qué requisitos debo cumplir?
Para solicitar convalidaciones el alumnado tiene que estar matriculado en los módulos profesionales incluidos en el ciclo de Formación Profesional para los que solicita convalidación y acreditar otros estudios cursados.
Podrá determinarse la exención total o parcial del periodo de formación en empresa por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que el alumnado reúna el siguiente requisito:
- Acredite una experiencia laboral mínima de un año o su equivalente que se corresponda con la oferta formativa que curse.
¿Qué documentos necesito?
Para solicitar la convalidación de módulos profesionales, el solicitante deberá presentar ante la dirección del centro docente en el que se encuentra matriculado la siguiente documentación:
- El modelo de solicitud cumplimentado.
- Certificación académica oficial en la que conste la calificación obtenida en las materias o los módulos profesionales cursados.
- En el caso de solicitar convalidación con estudios universitarios cursados deberá aportar original o copia de los programas oficiales de las materias o asignaturas cursadas, debidamente sellados por el centro universitario y certificación de la universidad en la que conste que los programas que se adjuntan son los realmente cursados y superados por el alumno o alumna.
- En el caso de solicitar la convalidación con unidades de competencia oficialmente acreditadas deberá aportar certificación oficial de la Administración competente, si las unidades de competencia han sido adquiridas mediante un procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales o Certificado de Profesionalidad expedido por la Administración Laboral competente.
El solicitante de exención del periodo de formación en empresa u organismo equiparado deberá acreditar la experiencia laboral de la forma siguiente:
- a) En el caso de trabajadores o trabajadoras asalariados:
1.º Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
2.º Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha desarrollado dicha actividad.
- b) En el caso de trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
1.º Declaración responsable del interesado que contemple la descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que ésta se ha realizado.
2.º Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el Régimen especial correspondiente.
- c) En el caso de voluntarios o becarios, mediante certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a éstas.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo de presentación de solicitudes de convalidación estará comprendido entre la fecha de matriculación y el último día del curso escolar. Sólo se podrá presentar una única solicitud de convalidación por curso académico.
La solicitud de exención se presentará en el momento de formalizar la matrícula o a lo largo del curso académico hasta un mes antes de la fecha prevista para el inicio del periodo de formación en empresa.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar indicado a efectos de notificaciones.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
- Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial
Órgano que resuelve:
Centros Educativos de Castilla y León
Protección de los datos de carácter personal:
Descargar formularios y anexos