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Registro de Empresas Acreditadas (REA)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1260
  • SIA: 1813381

Objeto:

El Registro de Empresas Acreditadas (REA) tiene como objetivo el acreditar que las empresas que operan en el sector de la construcción cumplen los requisitos de capacidad y de calidad de la prevención de riesgos laborales.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Deben inscribirse en el REA Empresas y autónomos con trabajadores por cuenta ajena (con asalariados) que pretendan ser contratadas o subcontratadas para la ejecución de los siguientes trabajos, realizados en obras de construcción:
  • * excavación, movimiento de tierras, construcción, montaje y desmontaje de elementos prefabricados,
  • * acondicionamientos o instalaciones, transformación, rehabilitación, reparación, desmantelamiento, derribo, mantenimiento, conservación y trabajos de pintura y limpieza, saneamiento.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Toda empresa que pretenda ser contratada o subcontratada para trabajos en una obra de construcción, deberá estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral donde esté ubicado el domicilio social de la empresa.
  • A partir del día 26 de agosto de 2008 las empresas que contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en una obra, deberán acreditar que sus empresas contratistas o subcontratistas están inscritas en el Registro, solicitando para ello un certificado de inscripción.
  • El REA ha sido diseñado y puesto en marcha conforme a lo expuesto en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
  • Acreditar que su personal cuenta con la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales. Las empresas podrán descargarse un modelo de Certificado de Formación disponible en el apartado de "Descargar formularios"

Te interesa saber:

Renovación e inscripciones

Contenido:

  • Las empresas deberán solicitar, con carácter previo a su intervención en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratistas o subcontratistas, su inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas.
  • Dado que la inscripción tiene un período de validez de tres años, las empresas que deseen continuar inscritas deberán solicitar la renovación de la misma, dentro de los seis meses anteriores a la expiración de dicho período.
  • Tal y como se establece el artículo 7 de la Orden EYE/880/2008, de 30 de mayo, por la que se crea el REA en la Comunidad de Castilla y León, “Las empresas deberán solicitar la renovación de su inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez, y con arreglo al procedimiento establecido.
  • Se realiza a través de la web del Registro de Empresas Acreditadas desde donde, después de elegir la provincia y “Entrar”, se puede acceder a la opción “Renovación empresa” que figura en “SOLICITUDES” (al margen derecho). Se cargarán los datos existentes siendo, necesario introducir los que varíen respecto a los que existentes en el REA. Igualmente, deben adjuntarse de nuevo los documentos en formato “.pdf”, tal y como se hizo en la inicial (pues estos han podido variar).
  • Solo se podrá realizar la solicitud de renovación durante los 6 meses previos al fin de la validez de la inscripción.
  • Transcurrido el período de validez de la inscripción sin que la empresa hubiese solicitado en plazo su renovación, se entenderá automáticamente cancelada la misma en el REA.
  • Para resolver más dudas se puede consultar el apartado de recuadros central inferior de la página principal del  Registro de Empresas Acreditadas. 

Legislación aplicable:

  • Ley 32/2006 de 18 de octubre reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción (BOE 19-10-2006)
  • Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción (BOE 25-08-2007)
  • ORDEN EYE/880/2008, de 30 de mayo, por la que se crea el Registro de Empresas Acreditadas en el sector de la Construcción en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (BOCyL 06-06-2008).

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Oficinas Territoriales de Trabajo

Órgano que resuelve:

Oficinas Territoriales de Trabajo

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Última actualización: 26 de noviembre de 2023