Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Nombramiento de personal estatutario del proceso selectivo extraordinario de estabilización: Licenciados Especialistas y otros Licenciados Sanitarios (concurso de méritos)

  • Ir a descargas

Contenido publicado el 26 de marzo de 2026:

RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, por la que se nombra personal estatutario fijo de determinadas categorías de Licenciados Especialistas, del Servicio de Salud de Castilla y León.

Mediante Orden SAN/1916/2022, de 23 de diciembre, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de las categorías de Licenciados Especialistas y otros Licenciados Sanitarios en el marco previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del Servicio de Salud de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 28 de diciembre).

Por Orden SAN/1347/2025, de 24 de noviembre, se aprobó la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las plazas de diferentes categorías de Licenciado Especialista, entre ellas, Anestesiología y Reanimación, Endocrinología y Nutrición, Farmacia Hospitalaria, Medicina Interna, Microbiología y Parasitología, Neumología, Neurología, Radiodiagnóstico y Urología del Servicio de Salud de Castilla y León, por el sistema de concurso-oposición, y se ofertan las vacantes correspondientes (B.O.C. y L. de 2 de diciembre).

Del mismo modo, por Orden SAN/1417/2025, de 9 de diciembre, se aprobó la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las plazas de diferentes categorías de Licenciado Especialista, entre ellas se encuentran Aparato Digestivo, Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología, Reumatología y Médico de Urgencias Hospitalarias del Servicio de Salud de Castilla y León, por el sistema de concurso-oposición, y se ofertan las vacantes correspondientes (B.O.C. y L. de 15 de diciembre).

De los aspirantes que han superado el proceso selectivo en las categorías de Licenciado Especialista en Anestesiología y Reanimación y en Urología, uno en cada una de ellas no ha aportado, dentro del plazo conferido, la documentación requerida en la base 8.22 de la Orden SAN/1916/2022, de 23 de diciembre, y en el punto segundo de la Orden SAN/1347/2025, de 24 de noviembre, por lo que no procede su nombramiento como personal estatutario fijo.

Asimismo, de los aspirantes que han superado el proceso selectivo de la categoría de Licenciado Especialista en Médico de Urgencias Hospitalarias, dos de ellos no han aportado, dentro del plazo conferido, la documentación requerida en la base 8.22 de la Orden SAN/1916/2022, de 23 de diciembre, y en el punto segundo de la Orden SAN/1417/2025, de 9 de diciembre, por lo que no puede ser nombrado personal estatutario fijo.

A la vista de lo expuesto y una vez presentados los documentos en la base 8.21 de la Orden SAN/1916/2022, de 23 diciembre, así como en el punto Segundo de la Orden SAN/1347/2025, de 24 de noviembre, y de la Orden SAN/1417/2025, de 9 de diciembre, procede el nombramiento como personal estatutario fijo de las referidas categorías a los aspirantes que, incluidos en la relación de aspirantes que superaron el proceso selectivo, han acreditado documentalmente el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la adjudicación del destino correspondiente.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.2 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castila y León y conforme a la Orden SAN/1705/2007, de 10 de octubre (B.O.C. y L. de 31 de octubre), sobre delegación de competencias del Consejero de Sanidad en el titular de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional de la Gerencia Regional de Salud, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional.

RESUELVE

Primero.– Nombrar personal estatutario fijo de las categorías de Licenciados Especialistas en Anestesiología y Reanimación, Aparato Digestivo, Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología, Endocrinología y Nutrición, Farmacia Hospitalaria, Medicina Interna, Microbiología y Parasitología, Neumología, Neurología, Radiodiagnóstico, Reumatología, Urología y Médico de Urgencias Hospitalarias del Servicio de Salud de Castilla y León, por el sistema de concurso-oposición, a los aspirantes relacionados en el Anexo, y adjudicar el destino que se indica.

Segundo.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución los aspirantes nombrados deberán efectuar la toma de posesión en la Gerencia a la que esté adscrita la plaza adjudicada.

Decaerán en los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo si, transcurrido dicho plazo, no han tomado posesión de su destino, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y así apreciada por el órgano competente para su nombramiento.

Tercero.– El personal objeto del presente nombramiento, en el acto de toma de posesión, deberá efectuar la declaración a que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en dicho Decreto.

Si el interesado viniere realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997, y demás normas concordantes.

Cuarto.– Para la adquisición de la condición de personal estatutario fijo, el interesado habrá de prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo y acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes, en el ejercicio de las funciones que le estén atribuidas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Quinto.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.

Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información adicional:

  • Categorías de Licenciados Especialistas en Anestesiología y Reanimación, Aparato Digestivo, Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología, Endocrinología y Nutrición, Farmacia Hospitalaria, Medicina Interna, Microbiología y Parasitología, Neumología, Neurología, Radiodiagnóstico, Reumatología, Urología y Médico de Urgencias Hospitalarias.