Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Resolución del proceso: designación de titulares y suplentes
Fecha de publicación: 2 de octubre de 2025
Contenido publicado el 2 de octubre de 2025:
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2025, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se resuelve convocatoria pública para cubrir vacante mediante nombramiento de funcionario interino.
Por Resolución de 24 de julio de 2025, de la Gerencia de Servicios Sociales, se efectúa convocatoria pública para cubrir una vacante de puesto de trabajo, Técnico Facultativo tipo 2, adscrito al Cuerpo Facultativo Superior (Pedagogos), mediante nombramiento de personal interino (B.O.C. y L. 12 de agosto).
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, finalizado el proceso selectivo y vista la propuesta de 19 de septiembre de 2025 elevada por la Comisión de Selección, procede resolver la convocatoria y efectuar el nombramiento de funcionaria interina de la aspirante seleccionada para la provisión del puesto de trabajo convocado.
En su virtud, esta Consejería, en uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 37 del Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
DISPONE
Primero.– Nombrar funcionaria interina a la candidata titular que se cita en el Anexo de esta orden y que ha sido seleccionada para cubrir el puesto de trabajo que se relaciona.
Segundo.– Publicar la relación de candidatos suplentes que han sido propuestos en tal calidad y que se relacionan igualmente en el Anexo de esta orden.
Tercero.– La candidata titular nombrada deberá tomar posesión del puesto de trabajo en el plazo de tres días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, quedando su nombramiento supeditado a la toma de posesión.
La toma de posesión deberá efectuarse en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de León, sida en Pza. de Colón, 19. C.P.: 24001 León.
La candidata nombrada deberá aportar en el momento de la toma de posesión la documentación siguiente:
- Copia Auténtica del Documento Nacional de Identidad o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a su Documento Nacional de Identidad a través del Sistema de Verificación de Datos. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la base quinta apartado a) de las convocatorias.
- Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Copia Auténtica del título, o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a titulación a través del Sistema de Verificación de Datos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
- Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
- Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo del puesto al que accede.
- Declaración u opción a que alude el artículo 31 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Cuarto.– El nombramiento tendrá, desde la toma de posesión, la duración máxima establecida en el artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y modificado por el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
El personal interino cesará automáticamente en el desempeño del puesto de trabajo en los supuestos establecidos y en los términos previstos en el citado artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 15.4 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
Quinto.– La renuncia del candidato titular, si así lo aconsejan las necesidades del servicio, dará lugar al nombramiento de los suplentes por su orden. Estos podrán ser llamados, si no ha transcurrido el plazo máximo de 3 años desde la toma de posesión del primer interino hasta que se constituya una bolsa del Cuerpo Facultativo Superior (Pedagogos) en esta Administración.
En los extremos no previstos en la presente Orden se estará a lo establecido en la Ley de la Función Pública de Castilla y León 7/2005, de 24 de mayo y en el citado Decreto 67/1999, de 15 de abril y demás disposiciones de general aplicación.
Sexto.– Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo de Valladolid o en el de la circunscripción en la que tenga su domicilio el interesado, siempre que éste se encuentre en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, a su elección, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.