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Nombramiento de personal estatutario del proceso selectivo extraordinario de estabilización: Licenciados Especialistas y otros Licenciados Sanitarios (concurso de méritos)

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Contenido publicado el 11 de abril de 2025:

RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, por la que se nombra personal estatutario fijo de las categorías de Cirugía Ortopédica y Traumatología, Oftalmología, Pediatría y sus áreas específicas y Análisis Clínicos del Servicio de Salud de Castilla y León.

Mediante Orden SAN/1916/2022, de 23 de diciembre, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de las categorías de Licenciados Especialistas y otros Licenciados Sanitarios en el marco previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del Servicio de Salud de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 28 de diciembre).

Por Orden SAN/332/2024, de 16 de abril, se aprobó la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo mediante el sistema de concurso de méritos, en plazas de las categorías de Licenciados Especialistas a excepción de Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León y se ofertan las vacantes correspondientes. (B.O.C. y L. de 18 de abril).

Mediante Resolución de 22 de Mayo de 2024 de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional se nombra personal estatutario fijo de las categorías de licenciado especialista en alergología, anatomía patológica, anestesiología y reanimación, angiología y cirugía vascular, aparato digestivo, cirugía cardiovascular, cirugía general y del aparato digestivo, cirugía oral y maxilofacial, cirugía ortopédica y traumatología, cirugía pediátrica, cirugía plástica, estética y reparadora, cirugía torácica, dermatología médico-quirúrgica y venereología, endocrinología y nutrición, farmacia hospitalaria, geriatría, hematología y hemoterapia, medicina física y rehabilitación, medicina nuclear, medicina preventiva y salud pública, microbiología y parasitología, nefrología, neumología, neurocirugía, oncología médica, oncología radioterápica, otorrinolaringología, psicología clínica, psiquiatría, radiodiagnóstico, reumatología, médico de urgencias hospitalarias y médico de urgencias y emergencias del Servicio de Salud de Castilla y León.

Mediante Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional se nombra personal estatutario fijo de las categorías de Licenciado Especialista en Análisis Clínicos, Medicina Interna, Neurología, Neurofisiología Clínica, Obstetricia y Ginecología, Pediatría y sus áreas específicas, Radiofísica Hospitalaria y Urología del Servicio de Salud de Castilla y León.

Mediante Resoluciones de 17 de junio y 5 de agosto de 2024 de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, se nombra personal estatutario fijo de las categorías de Licenciado Especialista en Cardiología, Oftalmología y Medicina Intensiva del Servicio de Salud de Castilla y León.

Por Orden SAN/1151/2024, de 30 de octubre, se publicó la relación complementaria de los aspirantes que superaron el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de las categorías de Licenciados Especialistas a excepción de Medicina Familiar y Comunitaria y se ofertan las plazas vacantes. (B.O.C. y L. de 7 de noviembre)

Con fecha 10 de febrero de 2025 se publica corrección de errores de la Orden SAN/1151/2024, de 30 de octubre citada, por la que se modifica el número de vacantes que se ofertan de determinadas especialidades entre otras Cirugía Ortopédica y Traumatología, Oftalmología y Pediatría y sus Áreas Específicas.

De los aspirantes que figuran en la relación complementaria de las especialidades objeto de la presente resolución veintitrés no aportan la documentación señalada en el punto segundo de la Orden SAN/1151/2024, de 30 de octubre, por lo que no podrán ser nombrados personal estatutario fijo según establece el punto tercero de la mencionada Orden.

Como consecuencia de la estimación de recursos de reposición interpuestos contra la Orden SAN/1151/2024, de 30 de octubre, se ha modificado la puntuación de los siguientes aspirantes:

  • Alba Hevia Tuñon, de la categoría de Licenciado Especialista en Pediatría y sus Áreas específicas, obteniendo una puntuación total de 29,60 puntos.
  • Mireya Calzada González de la categoría de L. Especialista en Análisis Clínicos, obteniendo una puntuación total de 43,20 puntos.

A la vista de lo indicado y siguiendo el orden establecido en la Orden SAN/1151/2024, de 30 de octubre, y una vez transcurrido el plazo de presentación de documentos señalados en el punto segundo de la Orden citada, procede el nombramiento como personal estatutario fijo de determinadas categorías de especialistas a aquéllos aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, y en función del orden de puntuación que ocupaban en la Orden SAN/1151/2024, de 30 de octubre , sin perjuicio de la estimación de los recursos de reposición anteriormente citados, han acreditado documentalmente cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria y han solicitado un número de plazas suficiente, así como la asignación de los correspondientes destinos.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.2 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castila y León y conforme a la Orden SAN/1705/2007, de 10 de octubre (B.O.C. y L. de 31 de octubre), sobre delegación de competencias del Consejero de Sanidad, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional

RESUELVE

Primero.– Nombrar personal estatutario fijo de las categorías de Licenciados Especialistas en Cirugía Ortopédica y Traumatología, Oftalmología, Pediatría y sus Áreas Específicas y Análisis Clínicos, a los aspirantes que figuran en el anexo con el destino que se indica.

Segundo.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, los aspirantes nombrados deberán efectuar la toma de posesión en la Gerencia a la que esté adscrita la plaza adjudicada.

Decaerán en los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo quienes, transcurrido dicho plazo, no hayan tomado posesión de su destino, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y así apreciada por el órgano competente para su nombramiento.

Tercero.– El personal objeto del presente nombramiento, en el acto de toma de posesión, deberá efectuar la declaración a que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en dicho Decreto.

Si el interesado viniere realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997, y demás normas concordantes.

Cuarto.– Para la adquisición de la condición de personal estatutario fijo, el interesado habrá de prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo y acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes, en el ejercicio de las funciones que le estén atribuidas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Asimismo, en el acto de toma de posesión, el interesado deberá aportar, en el destino adjudicado, certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, o, en su caso, autorización al centro para recabar los datos correspondientes a la misma.

Quinto.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso‑administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso‑Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información adicional:

  • Categorías de Cirugía Ortopédica y Traumatología, Oftalmología, Pediatría y sus áreas específicas y Análisis Clínicos.