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Listados provisionales de admitidos y excluidos del procedimiento selectivo de ingreso y adquisición de nuevas especialidades del Cuerpo de Maestros (2025)

Contenido publicado el 11 de marzo de 2025:

RESOLUCIÓN DE 11 DE MARZO DE 2025 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS LISTADOS PROVISIONALES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS EN EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE INGRESO Y ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES EN EL CUERPO DE MAESTROS CONVOCADO POR ORDEN EDU/1268/2024, DE 25 DE NOVIEMBRE.
 


Pasos para realizar la subsanación:

  • Iniciar el formulario de subsanación utilizando el siguiente enlace:  Documento 3: Alegaciones, subsanaciones o desistimientos
  • Cumplimente el formulario:
    Seleccione la solicitud para la que desea presentar subsanación.
    Aloje el documento que acredite la subsanación en REDOA si fuera necesario.
    Adjunte el documento que acredite la subsanación o asócielo si éste ya está en REDOA.
    Guarde el formulario.
    Registre electrónicamente el formulario usando el botón y siguiendo los pasos en la sede electrónica.
  • Acceso a   REDOA: Repositorio de Documentación Acreditativa

Las alegaciones, desistimientos o petición de corrección de errores en datos personales se deben hacer en el formulario genérico Solicitud en el mismo plazo que las subsanaciones.


RECUERDE

  • El DNI, el documento que justifica el pago de la tasa y el documento que acredita que no ha sido condenado por algún delito sexual deben adjuntarse directamente como archivo pdf, eligiendo el fichero desde su ordenador, y adjuntarse en el formulario de subsanación. (No deben estar alojados en REDOA)
  • Para el resto de documentos necesarios en la subsanación de la solicitud de participación es imprescidible alojarlos previamente en REDOA y asociarlos en el formulario desde REDOA.
  • Un documento alojado en REDOA pero no asociado a este formulario es un documento no aportado en la subsanación. Los documentos alojados en REDOA sólo son visibles para la Administración Educativa cuando se asocian a un formulario.
  • La solicitud de subsanación no se considera finalizada hasta que se haya registrado electrónicamente utilizando el correspondiente botón. Compruebe que tiene el PDF con el acuse de recibo y la solicitud de subsanación con el pie de firma electrónica. Ambos documentos se generan tras el proceso de registro electrónico.
  • Para cada solicitud, es decir, para cada cuerpo y especialidad, sólo se atenderá el último formulario de subsanación registrado electrónicamente. Por tanto, hay que subsanar todos los apartados en el último formulario que se registre electrónicamente (se perderán las registradas anteriormente para la misma solicitud).
  • Sólo se atenderán aquellas subsanaciones que se hayan entregado por registro electrónico.

Fecha límite:

Plazo de alegaciones y desistimientos: Desde el 12 de marzo a las 10 h. hasta el 24 de marzo de 2025