Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Nombramiento de Personal Funcionario Estatutario
Fecha de publicación: 20 de febrero de 2025
Contenido publicado el 9 de septiembre de 2024:
RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2024, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León.
Mediante Orden SAN/1452/2022, de 30 de septiembre, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 26 de octubre).
Por Orden SAN/225/2024, de 18 de marzo, se aprobó la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León y se ofertan las vacantes correspondientes. (B.O.C. y L. de 20 de marzo).
Mediante Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, se nombró personal estatutario fijo a los doscientos noventa y siete aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo acreditaron cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la asignación de los correspondientes destinos.
Por Orden de 12 de agosto de 2024 del Consejero de Sanidad, se estimó el recurso de reposición interpuesto por D. José Roseliano Jiménez Cordero, contra la Orden SAN/225/2024, de 18 de marzo, mencionada anteriormente, asignándole 19,00 puntos en el bloque I del baremo de méritos, lo que sumados a los 40,00 puntos del bloque II hace un total de 59,00 puntos en la fase de concurso. Esta calificación, junto con los 83,3333 puntos obtenidos en la fase de oposición, supone una calificación total de 142,333 puntos, lo que le sitúa en el número 290 de la relación de aspirantes que superaron el proceso selectivo.
A la vista de lo indicado, y siguiendo el orden establecido en la Orden SAN/225/2024, de 18 de marzo, procede el nombramiento como personal estatutario fijo de la referida categoría al aspirante que, habiendo superado el proceso selectivo, ha acreditado documentalmente cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria y ha solicitado un número de plazas suficiente, así como la asignación del correspondiente destino.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.2 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castila y León y conforme a la Orden SAN/1705/2007, de 10 de octubre (B.O.C. y L. de 31 de octubre), sobre delegación de competencias del Consejero de Sanidad, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional
RESUELVE:
Primero.– Nombrar personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León al aspirante que se relaciona a continuación, y adjudicar el destino que se indica:
APELLIDOS Y NOMBRE DNI GERENCIA
JIMÉNEZ CORDERO, JOSÉ ROSELIANO ***4382** ÁVILA. PLAZA DE ÁREA
Segundo.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, el aspirante nombrado deberá efectuar la toma de posesión en la Gerencia a la que esté adscrita la plaza adjudicada.
Decaerá en los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo quien, transcurrido dicho plazo, no tome posesión de su destino, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y así apreciada por el órgano competente para su nombramiento.
Tercero.– El personal objeto del presente nombramiento, en el acto de toma de posesión, deberá efectuar la declaración a que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en dicho Decreto.
Si el interesado viniere realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997, y demás normas concordantes.
Asimismo en el acto de toma de posesión, el interesado deberá aportar certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, o en su caso, autorización al centro para recabar los datos correspondientes a la misma.
Cuarto.– Para la adquisición de la condición de personal estatutario fijo, el interesado habrá de prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo y acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes, en el ejercicio de las funciones que le estén atribuidas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.
Quinto.– Los efectos de este nombramiento se retrotraerán, de tal forma que la efectividad del nombramiento en la plaza asignada será la misma que le hubiera correspondido conforme a la Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León (B.O.C. y L. de 13 de mayo), por lo que los efectos del nombramiento se retrotraerán al día 14 de mayo de 2024, primer día en el que hubiese podido tomar posesión (Corregido BOCyL 20-09-2024).
Sexto.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el titular de la Consejería competente en materia de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información adicional:
- Incluye Corrección de errores (BOCyL 20-09-2024)