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Nombramiento de personal estatutario L.E. Medicina Familiar y Comunitaria

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Estatutario > 2021 > Turno Libre y Discapacidad > Facultativos Especialistas > L.E. Medicina Familiar y Comunitaria

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Nombramiento de Personal Funcionario Estatutario

    Fecha de publicación: 20 de febrero de 2025

Contenido publicado el 13 de mayo de 2024:

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León.

Mediante Orden SAN/1452/2022, de 30 de septiembre, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 26 de octubre).

Por Orden SAN/225/2024, de 18 de marzo, se aprobó la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León y se ofertan las vacantes correspondientes. (B.O.C. y L. de 20 de marzo).

De los trescientos treinta aspirantes que superaron el proceso selectivo, veintidós de ellos no aportan la documentación señalada en la base 10.3 de la Orden SAN/1452/2022, de 30 de septiembre y en el punto segundo de la Orden SAN/225/2024, de 18 de marzo, por lo que no pueden ser nombrados personal estatutario fijo según establece el punto tercero de la Orden SAN/225/2024, de 18 de marzo.

Asimismo, según lo establecido en el punto cuarto de la ORDEN SAN/225/2024, de 18 de marzo, perderán el derecho a ser nombrados personal estatutario fijo, aquellos aspirantes que, debiendo hacerlo teniendo en cuenta el orden de puntuación obtenida, no soliciten todas las plazas ofertadas en el plazo concedido. En este supuesto hay cuatro aspirantes que han solicitado un número de puestos inferior al que por puntuación les corresponde con lo que no son adjudicatarios de ninguna vacante y pierden el derecho a ser nombrados personal estatutario fijo.

Por otra parte, siete de los aspirantes aprobados no han sido nombradas puesto que han renunciado expresamente a continuar en el proceso selectivo.

Asimismo, como consecuencia de la estimación de tres recursos de reposición interpuestos contra la Orden por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, se ha modificado la puntuación de los siguientes aspirantes:

• Lope Romero, Rodrigo, obteniendo una puntuación total de 151,043
• Higuera Cabañes, Lucía, obteniendo una puntuación total de 150,767
• Martínez Cao, Nuria, obteniendo una puntuación total de 149,650

A la vista de lo expuesto anteriormente, procede el nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo han acreditado documentalmente cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la asignación de los correspondientes destinos.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.2 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castila y León y conforme a la Orden SAN/1705/2007, de 10 de octubre (B.O.C. y L. de 31 de octubre), sobre delegación de competencias del Consejero de Sanidad, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional


RESUELVE

Primero.– Nombrar personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León a los aspirantes que se relacionan a continuación con el destino que se indica.

Segundo.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, los aspirantes nombrados deberán efectuar la toma de posesión en la Gerencia a la que esté adscrita la plaza adjudicada.

Decaerán en los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo quienes, transcurrido dicho plazo, no hayan tomado posesión de su destino, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y así apreciada por el órgano competente para su nombramiento.

Tercero.– El personal objeto del presente nombramiento, en el acto de toma de posesión, deberá efectuar la declaración a que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en dicho Decreto.

Si el interesado viniere realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997, y demás normas concordantes.

Cuarto.– Para la adquisición de la condición de personal estatutario fijo, el interesado habrá de prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo y acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes, en el ejercicio de las funciones que le estén atribuidas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Quinto.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.