Contenido publicado el 9 de junio de 2016:
RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros y al procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo, convocado por Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto.
«Primero.– Listados definitivos de admitidos en el procedimiento selectivo de ingreso y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.
Se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros, y en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades en el citado cuerpo, convocados por la Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, que aparece como Anexo I, con indicación de la especialidad a la que optan y turno por el que participan.
En dichos listados aparecen consignados con “SI” en la columna “Prueba castellano” aquellos aspirantes que han de realizar la prueba del castellano a que se refiere el apartado 7.1 de la citada resolución.
Segundo. – Listados definitivos de excluidos en el procedimiento selectivo de ingreso y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.
Se aprueban los listados definitivos de aspirantes excluidos en el procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de maestros y en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades, convocado por la Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, que figuran en el Anexo II con indicación de la/s causa/s de exclusión.
Tercero.– Participación condicionada en el procedimiento selectivo.
En el caso de aspirantes que no aparezcan en los listados definitivos o que, habiendo presentado subsanación, ésta no se hubiera recibido en plazo para su tramitación, serán admitidos de forma condicionada a la realización de las pruebas, siempre que presenten original de la solicitud entregada en plazo (“Ejemplar del interesado”), el modelo 046 acreditativo del abono de las tasas del proceso selectivo (“Ejemplar del interesado”) o la documentación que acredite su exención y, en su caso, el escrito de subsanación y la documentación en la que la misma se apoye.
Los tribunales darán cuenta, al día hábil siguiente, de esta clase de incidencias a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, quien adoptará la resolución correspondiente.
Cuarto.– Publicación y publicidad.
De conformidad con el apartado 4.5 de la Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, la parte dispositiva de la presente resolución se publicará en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.
En la misma fecha, esta resolución junto con los listados, se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de Educación, siendo objeto de publicidad, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Asimismo, dicha información podrá obtenerse a través del servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327850).
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.»
Valladolid, 1 de junio de 2016