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Ayudas a inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas así como en estructuras e instrumentos de comercialización (Línea V13)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2273
  • SIA: 1813750
  • BDNS (Identificador): 933828

Fecha de publicación:

23 de octubre de 2026

Objeto:

Prestar apoyo financiero a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación e infraestructuras vinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, incluso con el fin de mejorar el ahorro de energía, la eficiencia energética global y los procesos sostenibles mediante las ayudas previstas en la Disposición Transitoria Sexta del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 9 de octubre de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027

Más Detalles:

La aplicación informática SIEX permanecerá habilitada para el registro de nuevas solicitudes de ayuda, o modificación de las existentes, hasta las 23:59 horas del día 31 de marzo de 2027.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas vitivinícolas, organizaciones de productores vitivinícolas, asociaciones y organizaciones interprofesionales que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Requisitos comunes

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No encontrarse en situación de crisis. 

Requisitos específicos

  • Las empresas vitivinícolas que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen los productos contemplados el anexo VII parte II del Regla Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización. Las empresas deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Organizaciones de productores vitivinícolas reconocidas de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y sus asociaciones.
  • Asociaciones de dos o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII parte II de dicho Reglamento. Las asociaciones deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la documentación que en ella se indica.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Inversiones en Industria Agroalimentaria

Órgano que resuelve:

Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias

Plazo de resolución:

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

Recurso potestativo de REPOSICIÓN

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.