Subvenciones destinadas a financiar la consolidación de los centros tecnológicos inscritos en el Registro de Centros Tecnológicos de Castilla y León (2025)
Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3746
- SIA: 3197269
- BDNS (Identificador): 843884
Fecha de publicación:
7 de julio de 2025
Objeto:
Convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la actividad no económica de los centros tecnológicos inscritos en el Registro de Centros Tecnológicos de Castilla y León, con la finalidad de promover la transferencia de conocimiento y tecnología de los Centros Tecnológicos hacia el tejido empresarial de la Comunidad, con el objetivo de mejorar su competitividad.
Queda excluida la financiación de la actividad económica, entendiéndose como tal, además de la investigación llevada a cabo bajo contrato, la prestación de servicios de I+D y la I+D realizada por cuenta de empresas, el alquiler de las infraestructuras de investigación y cualesquiera otras actividades de naturaleza económica que impliquen la oferta de bienes y servicios al mercado, que no respondan a las condiciones de consideración de actividades no económicas establecidas en el apartado 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión del Marco Comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 8 de julio de 2025 hasta el 28 de julio de 2025
Más Detalles:
El plazo de presentación de solicitudes será de 21 DÍAS NATURALES, iniciándose a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas mediante resolución expresa de la Presidencia del ICECYL.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico
¿Quién lo puede solicitar?
Centros tecnológicos inscritos en el Registro de Centros Tecnológicos de Castilla y León.
Cuantía:
El importe de la ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (155 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Instituto para la Competitividad Empresarial
Órgano que resuelve:
Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
.
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Compatibilidades
- Las subvenciones concedidas son compatibles con cualesquiera otras ayudas y/o ingresos, ya sean públicas o privadas, de la misma naturaleza siempre que, de forma acumulada, no sobrepasen el gasto total ejecutado por la entidad beneficiaria en actividad no económica.
Justificación
- La justificación se presentará durante el primer semestre de 2026.
Aceptación
- La entidad beneficiaria deberá aceptar expresamente la concesión de la subvención, así como sus condiciones, de forma telemática, mediante firma electrónica avanzada, en el plazo de quince días hábiles, computados desde el día siguiente a la notificación.
- En el caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haber aceptado la concesión, se entenderá que la entidad beneficiaria renuncia a la subvención, declarándose la misma, mediante resolución expresa.
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.