Prima de mantenimiento de forestación (Solicitud Única 2025)
Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3686
- SIA: 3167400
- BDNS (Identificador): 810706
Fecha de publicación:
30 de enero de 2025
Objeto:
Convocar la prima de mantenimiento correspondiente a la anualidad de 2025 para los Expedientes de Reforestación y Creación de Superficies Forestales concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante el periodo de programación 2014-2020.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo para la presentación de la SOLICITUD ÚNICA correspondiente al año 2025 será el comprendido entre el 1 de febrero y el 15 de mayo de 2025, ambos inclusive, siendo el plazo de modificaciones hasta el 31 de mayo de 2025.
*CON EL OBJETIVO DE GARANTIZAR QUE TODOS LOS AGRICULTORES Y GANADEROS PUEDAN PRESENTAR SU SOLICITUD DE AYUDAS DEL AÑO 2025 SE SUPRIME LA PENALIZACIÓN PREVISTA EN LA NORMATIVA, PARA LAS SOLICITUDES PRESENTADAS ENTRE EL 16 Y EL 31 DE MAYO (Ver apartado «Contenidos relacionados» al final de este contenido)
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico (preferente):
Presencial:
¿Quién lo puede solicitar?
- Titulares beneficiarios de los Expedientes de Reforestación y Creación de Superficies Forestales concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante el periodo de programación 2014-2020.
- Las entidades públicas no podrán ser en ningún caso beneficiarias de la prima de mantenimiento.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- La solicitud de la primera prima deberá realizarse en el año siguiente al de la resolución del pago de la ayuda a la forestación.
- Las restantes cuatro primas de mantenimiento se solicitarán anualmente, en años consecutivos.
- Para que una superficie se haga acreedora de esta ayuda, será preciso que la totalidad de la superficie certificada como forestada se encuentre en estado vegetativo idóneo y con la densidad requerida, habiendo realizado adecuadamente los trabajos de mantenimiento necesarios para conseguirlo.
¿Para qué es la ayuda?:
Estas ayudas tienen como finalidad contribuir al éxito de la forestación alcanzada, financiando los gastos de mantenimiento de la masa implantada por un período de cinco años.
Cuantía:
El importe será una prima anual de 300 euros/ha.
¿Qué documentos necesito?
“Solicitud Única” dirigida al Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal, conforme a los modelos de los formularios que figuran en el Anexo 1.
La “Solicitud Única” deberá ser firmada por el productor o su representante. El solicitante podrá autorizar a otra entidad para la firma electrónica de la misma. Estas entidades comunicarán previamente su habilitación como tales, a través de la aplicación informática “gestión de usuarios externos del servicio de información” aprobada mediante Orden AYG/1447/2010, de 6 de octubre.
El titular de la explotación es el responsable de que la información declarada en su solicitud sea veraz en todos sus extremos.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Promoción Forestal
Órgano que resuelve:
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera notificado resolución expresa implicará que el solicitante pueda entender DESESTIMADA su solicitud.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Protección de los datos de carácter personal:
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Última actualización:
26 de noviembre de 2023