Prima de mantenimiento de forestación (Solicitud Única 2026)
Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3686
- SIA: 3167400
- BDNS (Identificador): 880793
Fecha de publicación:
30 de enero de 2026
Objeto:
Convocar la prima de mantenimiento correspondiente a la anualidad de 2026 para los Expedientes de Reforestación y Creación de Superficies Forestales concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante el periodo de programación 2014-2020.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo para la presentación de la Solicitud Única correspondiente al año 2026 será del 1 de febrero al 30 de abril de 2026, ambos inclusive. El plazo para la modificación de la solicitud finalizará el 31 de mayo de 2026.
*Las solicitudes presentadas fuera de plazo se admitirán hasta la finalización del plazo de modificación, aplicándose una reducción del 1 % por cada día hábil de retraso, salvo en los supuestos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico (preferente):
Presencial:
¿Quién lo puede solicitar?
- Titulares beneficiarios de los Expedientes de Reforestación y Creación de Superficies Forestales concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante el periodo de programación 2014-2020.
- Las entidades públicas no podrán ser en ningún caso beneficiarias de la prima de mantenimiento.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- La solicitud de la primera prima deberá realizarse en el año siguiente al de la resolución del pago de la ayuda a la forestación.
- Las restantes cuatro primas de mantenimiento se solicitarán anualmente, en años consecutivos.
- Para que una superficie se haga acreedora de esta ayuda, será preciso que la totalidad de la superficie certificada como forestada se encuentre en estado vegetativo idóneo y con la densidad requerida, habiendo realizado adecuadamente los trabajos de mantenimiento necesarios para conseguirlo.
¿Para qué es la ayuda?:
Estas ayudas tienen como finalidad contribuir al éxito de la forestación alcanzada, financiando los gastos de mantenimiento de la masa implantada por un período de cinco años.
Cuantía:
El importe será una prima anual de 300 euros/ha.
¿Qué documentos necesito?
“Solicitud Única” dirigida al Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal, conforme a los modelos de los formularios que figuran en el Anexo 1.
La “Solicitud Única” deberá ser firmada por el productor o su representante. El solicitante podrá autorizar a otra entidad para la firma electrónica de la misma. Estas entidades comunicarán previamente su habilitación como tales, a través de la aplicación informática “gestión de usuarios externos del servicio de información” aprobada mediante Orden AYG/1447/2010, de 6 de octubre.
El titular de la explotación es el responsable de que la información declarada en su solicitud sea veraz en todos sus extremos.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Promoción Forestal
Órgano que resuelve:
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera notificado resolución expresa implicará que el solicitante pueda entender DESESTIMADA su solicitud.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (27 kbytes)
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Última actualización:
26 de noviembre de 2025