Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2702
- SIA: 1813973
- BDNS (Identificador): 541190
Fecha de publicación:
24 de diciembre de 2020
Objeto:
Convocar, para el año 2020, las ayudas destinadas a fomentar el sistema de producción ecológico mediante el apoyo a la creación de una red de mercados locales estables de productos ecológicos en municipios de la Comunidad de Castilla y León. Estas ayudas tienen como finalidad mejorar la integración de los productores primarios en la cadena agroalimentaria a través de la promoción en circuitos de distribución cortos, como son los mercados locales, teniendo en cuenta el cumplimiento de las medidas y actuaciones previstas en el Plan Estratégico de Producción Ecológica de Castilla y León 2016-2020 para el fomento del sector.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 25 de diciembre de 2020 hasta el 24 de febrero de 2021
Más Detalles:
El plazo de presentación de solicitudes será de dos (2) meses y comenzará el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Entidades y organismos que tengan la capacidad y las competencias para organizar, desarrollar y promocionar un mercado estable de productos ecológicos, conforme a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:
- a) Contar con una adecuada capacidad para la organización de este tipo de mercados, así como de los medios suficientes y de las competencias para poder desarrollar un mercado estable y periódico de productos ecológicos.
- b) Disponer de un emplazamiento que cumpla con las características necesarias y la capacidad suficiente para el desarrollo adecuado de un mercado de productos ecológicos y de forma periódica durante todo el año.
- Se contempla la posibilidad de celebrar el mercado de forma itinerante entre varios municipios próximos, debiendo presentar un acuerdo con el ayuntamiento solicitante.
- c) Presentar una memoria inicial descriptiva completa en la que se detallen las características del mercado (ubicación, espacio disponible, materiales utilizados, descripción y número de puestos, etc.) y las actividades de divulgación y promocionales para la celebración del mismo.
- d) No intervenir más de un intermediario entre productor y consumidor, teniendo en cuenta que la entidad u organismo que organiza el mercado no es un intermediario.
- e) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones, para ser beneficiario, previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En particular deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y frente a la Seguridad Social.
¿Para qué es la ayuda?:
La actividad principal es la celebración de un mercado mensual de productos ecológicos, que además incluirá la realización de acciones de divulgación del evento, y de promoción de los alimentos ecológicos. Para ello podrán ser objeto de ayuda:
- La instalación de los puestos del mercado: elementos, montaje, etc., valorándose el tipo de material utilizado, la estética y la funcionalidad de los mismos.
- El acondicionamiento del edificio (en caso de disponer del mismo), su habilitación y adaptación, para el desarrollo del mercado, siempre que no impliquen una inversión.
- La divulgación de la realización de los mercados, informando de su celebración mediante dípticos informativos, carteles, anuncios publicitarios, etc.
- La promoción y fomento de la producción ecológica y de los alimentos ecológicos, con actividades como ponencias y sesiones prácticas, realizadas en el mercado.
Cuantía:
- La intensidad de la ayuda será del 80 % de los gastos elegibles aprobados tras la justificación de los gastos realmente efectuados por las entidades y organismos beneficiarios para el desarrollo del mercado.
- El importe máximo de la subvención por beneficiario no superará los 40.000 € que se pagará en tres años: el primer año el 60 % del importe total para facilitar su establecimiento y el segundo y tercer año el 20 % para su mantenimiento.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud según modelo normalizado Anexo II, dirigida al Director General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Documentación a presentar (91 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio Sanidad y Certificación Vegetal
Órgano que resuelve:
Directora General de Producción Agrícola y Ganadera
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 3 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación de las subvenciones
- La presentación de los documentos para la justificación de la ayuda se realizará de la siguiente forma:
a) El primer año: El beneficiario deberá acreditar la celebración del mercado y presentar los documentos y facturas que justifiquen haber ejecutado al menos el sesenta por ciento de los costes elegibles totales, en todo caso, antes del 31 de octubre de 2021.
b) El segundo año: El beneficiario deberá presentar los documentos y facturas que justifiquen haber ejecutado al menos el ochenta por ciento de los costes elegibles totales, en todo caso, antes del 31 de octubre de 2022.
c) El tercer año: El beneficiario deberá presentar los documentos y facturas que justifiquen haber ejecutado el total de los costes elegibles, y en todo caso, antes del 10 de octubre de 2023.
- Para la justificación de las ayudas el beneficiario deberá presentar, en los plazos máximos anteriores, la solicitud de pago conforme al modelo del Anexo V acompañada de la documentación indicada en la convocatoria (Anexo VI).
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (33 kbytes)