Subvenciones para la realización de proyectos de I+D en cooperación internacional de las empresas de Castilla y León, en el marco de la red M-ERA.NET, cofinanciadas por el FEDER (2020)
Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2941
- SIA: 2277323
- BDNS (Identificador): 495465
Fecha de publicación:
13 de febrero de 2020
Objeto:
Convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas de Castilla y León que participen en proyectos de I+D internacionales en el campo de los materiales, en el marco de la convocatoria internacional 2019 de la red M-ERA.NET.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 14 de febrero de 2020 hasta el 26 de febrero de 2020
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Empresas de cualquier tamaño, que tengan al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León, y cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Participar en proyectos de I+D+i en cooperación internacional en el marco de la convocatoria internacional 2019 de la red M-ERA.NET.
- Haber superado la primera fase del procedimiento de evaluación internacional.
- Participar en un consorcio internacional que cumpla los requisitos establecidos en la convocatoria 2019 de M-ERA.NET, formado por al menos tres socios de al menos dos países participantes (al menos 1 europeo o asociado) en esta convocatoria internacional.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables los gastos de personal; colaboraciones externas; materias primas, suministros y productos similares de naturaleza consumible; gastos de viajes y alojamientos; gastos de gestión del proyecto (empresa de Castilla y León coordinadora del proyecto internacional)
Proyectos, requisitos y gastos subvencionables (118 kbytes)
Cuantía:
- La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje de los costes del proyecto de I+D.
- La cuantía máxima de ayuda concedida no podrá superar la cantidad de 250.000 € por proyecto, limitándose a un máximo de 2 proyectos por empresa y convocatoria.
- El importe en ningún caso podrá ser tal que, aisladamente o en concurrencia con otra subvención/ayuda para el mismo objeto y finalidad, supere, en términos de equivalente de subvención bruta, la intensidad máxima de ayuda por tipo de proyecto y empresa.
Intensidades máximas de ayuda (95 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Documentación a presentar (107 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Directora General del Instituto para la Competitividad Empresarial
Órgano que resuelve:
Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo previsto para la presentación de las solicitudes. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender DESESTIMADA la solicitud de subvención.
Notificaciones:
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Reposición
- Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Pagos anticipados
- Podrán realizarse pagos anticipados, que tendrán la consideración de pagos a justificar por un importe máximo del 50% de la subvención.
Criterios de valoración
- Capacidad tecnológica y económica de la empresa
- Interés de la propuesta para la región
- Calidad internacional de la propuesta
- Normativa sobre discapacidad
- Localización territorial del proyecto
- Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y la no discriminación
Aceptación
- Los beneficiarios deberán aceptar expresamente la concesión de la subvención en el plazo de quince días, computados desde el día siguiente a la notificación.
- En el caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haber aceptado la concesión, se entenderá que el beneficiario renuncia a la subvención, declarándose la misma, mediante resolución expresa
Plazo de justificación
- El beneficiario justificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en el plazo de 3 MESES desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada.
Incompatibilidades
- odas las subvenciones serán incompatibles con otras ayudas del Instituto para el mismo proyecto.