Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Presentación de solicitudes de registro de operadores profesionales de vegetales (ROPVEG) para altas, modificaciones y bajas y autorizaciones para producir material vegetal de reproducción, de acondicionamiento de granos para la siembra y expedición de pasaporte fitosanitario; y comunicaciones de inscripción de instalaciones permanentes, en los términos previstos por el Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre.
¿Quién lo puede solicitar?
Operadores profesionales de vegetales con sede social o instalaciones permanentes, en Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los operadores profesionales de vegetales deben estar inscritos en la comunidad autónoma donde radique su sede social, quien le otorgará un número de registro único a nivel nacional.
Los operadores deberán solicitar en cada una de las comunidades autónomas en las que vayan a operar, la inscripcion en ROPVEG de sus instalaciones permanentes ubicadas en tales territorios.
Además deberán cumplir los requisitos establecidos por el Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre para cada tipo de actividad y grupos de especies sobre los que operan.
No obstante lo anterior, los operadores inscritos anteriormente en el Registro nacional de productores de semillas y plantas de vivero; en el Registro de Comerciantes de Semillas y Plantas de Vivero; en el Registro oficial de acondicionadores de grano para la siembra; y en el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales (ROPCIV), serán inscritos de oficio en este nuevo Registro de operadores profesionales de vegetales (ROPVEG), por lo que solo precisarían aportar, si procediera, solicitudes de modificación de datos.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud conforme al modelo, junto con la documentación mencionada en el mismo para cada tipo de operador.
Las solicitudes de autorización de producción, acondicionamiento de grano, y de expedición de pasaporte fitosanitario, se solicitarán en cada comunidad autónoma donde ejerzan la actividad.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Las solicitudes de registro, autorización de actividad y de expedición de pasaporte fitosanitario se presentarán antes de iniciar la actividad.
Las modificaciones de datos se comunicarán en el plazo máximo de 1 MES tras el cambio.
Plazo de resolución:
- 6 MESES desde la presentación de solicitudes
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen y regulan el Registro de operadores profesionales de vegetales, las medidas a cumplir por los operadores profesionales autorizados a expedir pasaportes fitosanitarios y las obligaciones de los operadores profesionales de material vegetal de reproducción, y se modifican diversos reales decretos en materia de agricultura (BOE 16-12-2021).
- ORDEN AYG/1038/2013, de 29 de noviembre, por la que se crea el Registro Oficial de Proveedores de Vegetales de Castilla y León (BOCyL 24-12-2013).
- ORDEN de 26 de diciembre de 1997, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se regula el Acondicionamiento de Granos Destinados a la Siembra en Castilla y León (BOCyL 02-01-1998).
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio Sanidad y Certificación Vegetal
Órgano que resuelve:
Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera