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Ayudas a la vacunación frente a salmonela en avicultura de puesta (2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2689
  • SIA: 1813963
  • BDNS (Identificador): 671123

Fecha de publicación:

20 de enero de 2023

Objeto:

Convocar las ayudas destinadas a la adquisición de las vacunas frente a aquellos serotipos de Salmonella de importancia para la Salud Pública, para su aplicación en manadas de gallinas ponedoras (tanto ponedoras adultas como recría de ponedoras) por parte de:

  • Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas avícolas (ADS)
  • Los titulares de explotaciones ganaderas no integradas en ADS.

Las ayudas  tienen como finalidad la compensación de los costes de adquisición de vacunas frente a Salmonella Enteritidis y Salmonella Typhimurium en gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 21 de enero de 2023 hasta el 9 de febrero de 2023

Más Detalles:

Veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOCyL.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles; y las ADS, titulares de explotaciones de gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Que se trate de explotaciones de productores ganaderos ubicadas en Castilla y León y registradas en la Sección Ganadera del Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León con la clasificación de explotaciones de producción para huevos.
  • Que de acuerdo con el apartado 1 del artículo 5 de la Orden AYG/1138/2012 de 14 de diciembre, por la que se regula la Base de Datos del Registro de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León, la explotación solicitante de la ayuda a la vacunación haya realizado la comunicación de los datos relativos a sus censos entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2022.
  • Que las explotaciones cumplan con el Programa Nacional de Control de determinados Serotipos de Salmonella en gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus, particularmente en lo referido a los programas de detección de Salmonella a iniciativa del productor y con las medidas de bioseguridad aplicadas en la explotación para evitar o reducir la entrada y difusión de agentes patógeno.
  • Que las explotaciones tengan la condición de PYMES de acuerdo con el anexo I del Reglamento (UE) Nº 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.
  • Que el propietario de la explotación de puesta no haya sido sancionado en firme por incumplimiento en materia de sanidad, identificación o bienestar animal en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.
  • Las ADS deberán estar reconocidas por la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, e integradas por explotaciones que cumplan a su vez, con los requisitos descritos.

¿Para qué es la ayuda?:

1. Tendrá la consideración de gasto subvencionable la adquisición de vacunas frente a las salmonelas zoonóticas administradas a gallinas ponedoras (tanto ponedoras adultas como recría de ponedoras) de la especie Gallus gallus, ya sea a través de las ADS o directamente por el titular o representante de la explotación ganadera.

2. Solo serán subvencionables las vacunas que dispongan de la autorización de comercialización por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) o por la Comisión Europea.

3. Las aves deberán haber sido vacunadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

4. Del importe máximo de los costes de adquisición de las vacunas, deberán deducirse los importes recibidos con arreglo a regímenes de aseguramiento.

5. Sólo tendrá la consideración de gasto subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuando no sea susceptible de recuperación o compensación.

6. Se considerará gasto realizado el que ha sido pagado con anterioridad al 31 de diciembre de 2022.

Cuantía:

  • La cuantía a percibir por cada ADS será, como máximo el 100% del importe justificado.
  • La cuantía a percibir por cada titular de explotación ganadera no integrado en ADS, será como máximo el 50% del importe justificado.
  • En la compra de vacunas de Salmonella, los gastos subvencionables serán los siguientes:
  • a) Compra de vacunas para futuras ponedoras recriadas tanto en explotaciones de Castilla y León como en otra Comunidad Autónoma y con destino a explotaciones de producción de huevos ubicadas en Castilla y León, hasta un MAXIMO de:
  • 0,04 euros/dosis vacunal/ave, para aquellas vacunas frente a S. Enteritidis o S. Typhimurium.
  • 0,08 euros/dosis vacunal/ave, cuando se trate de vacunas bivalentes frente a S. Enteritidis y S.Typhimurium.
  • b) Compra de vacunas destinadas a la vacunación de gallinas ponedoras durante su fase de puesta con vacuna autorizada para su uso en esta fase, en explotaciones de Castilla y León, hasta un MÁXIMO de 0,04 euros/dosis vacunal/ave.
  • Tanto en el supuesto a) como en el b), el gasto debe ser realizado directamente por el avicultor, o bien a través de su ADS.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado Anexo I,  acompañada de la documentación que se recoge en el citado Anexo I, y en todo caso, de la documentación acreditativa de la condición de PYME, tanto en el caso de titulares de explotaciones ganaderas, como en el caso de explotaciones integradas en ADS, que podrá consistir en declaraciones responsables de los titulares de cada explotación.

La solicitud de ayuda deberá ser firmada por el propio solicitante o su representante. En el caso de que la presentación de la solicitud sea telemática, el solicitante podrá autorizar a otra entidad para la firma electrónica de la misma debiendo aportar la autorización para la realización de trámites electrónicos que figura en el modelo normalizado establecido en el Anexo VI.

En el caso de solicitantes que sean titulares de dos o más explotaciones de producción de huevos, se cumplimentará una solicitud (Anexo I) por cada explotación.

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (95 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Sanidad Animal

Órgano que resuelve:

Directora General de Producción Agrícola y Ganadera

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones será de 3 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose, por tanto, desestimadas las no resueltas y expresamente notificadas en dicho plazo.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • El beneficiario deberá presentar junto con la solicitud de la ayuda, la justificación del gasto objeto de la subvención.

Compatibilidad de las ayudas

  • La ayuda regulada en esta orden es compatible con cualquier otra que, para la misma finalidad y objeto, pudieran establecer otras Administraciones Públicas u otros entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Resolución. Beneficiarios:

Descarga del documento tipo PDF Beneficiarios 2023. Abre una nueva ventana Beneficiarios 2023 (142 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (30 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos