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Homologación de cursos de formación de conductores

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1314
  • SIA: 1813392

Objeto:

Obtención de la homologación de cursos en materia de formación de conductores para ser impartidos por la empresa CAP previamente autorizada por la administración autonómica competente.

¿Quién lo puede solicitar?

Los centros previamente autorizados conforme al R.D. 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

  • Las solicitudes sólo podrán presentarse a través de la aplicación de presentación de solicitudes para la gestión de cursos, accesible desde esta misma página.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Disponer de autorización de empresa CAP, adecuada a la clase de curso cuya homologación se solicita.

¿Qué documentos necesito?

1) Programa desarrollado de conocimientos, en un fichero de texto libre en formato PDF, firmado digitalmente. El programa tomará como base la tabla de materias contenida en el ANEXO I del Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (BOE 24-04-2021)

2) Formulario firmado digitalmente y en el que se hará constar:

  • Duración del curso y de cada uno de los módulos o partes que en él intervengan.
  • Horas de prácticas de conducción, indicando, en su caso, cuántas en simuladores de alto nivel.
  • Nº de profesores necesarios.
  • Nº máximo de alumnos por curso, sin que en ningún caso pueda ser superior a 20.

TASAS: Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja la  Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 MESES.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • DIRECTIVA 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003 (Diario Oficial de Unión Europea 10-09-2003).
  • Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (BOE 24-04-2021)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Transportes y Logística

Órgano que resuelve:

Dirección General de Transportes y Logística

Información adicional:

TASAS: Hay que liquidar la Tasa en materia de transportes por carretera (Código 303.1 «Autorizaciones de transporte») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica