Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3727
- SIA: 3190427
- BDNS (Identificador): 836281
Fecha de publicación:
5 de junio de 2025
Objeto:
Convocar, para el año 2025, la línea de ayudas no reembolsables, destinadas a la mejora de la competitividad de la industria agroalimentaria contempladas en el Plan Estratégico de la Industria Agroalimentaria de Castilla y León 2024-2028 (PEIACYL), con la finalidad de estimular a la industria agroalimentaria de Castilla y León para la realización de gastos en materia de aseguramiento y consultoría externa tanto para la obtención y/o mantenimiento de certificaciones, como para el comercio electrónico y la presencia en redes sociales, todos los cuales redundan en una mejora de su posición competitiva.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 6 de junio de 2025 hasta el 31 de julio de 2025
Más Detalles:
El plazo de registro de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la orden en el “Boletín Oficial de Castilla y León”. El plazo de registro de solicitudes de ayuda finalizará a las 14:00:00 horas del día 31 de julio de 2025.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
- Unicamente deberá presentarse por medios electrónicos, haciendo uso de la aplicación informática "Programa informático para la gestión de solicitudes de ayuda y otros procedimientos no específicos (SCAG)".
¿Quién lo puede solicitar?
Empresas que, con independencia de su forma jurídica, reúnan simultáneamente los requisitos a fecha de registro de su solicitud y los mantengan al menos hasta la fecha de notificación de su resolución.
¿Qué requisitos debo cumplir?
a) Estar inscrito en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) bajo un código que, de acuerdo con la AEAT se corresponda con algún CNAE-Elegible.
b) Ser titulares de, al menos, un establecimiento industrial ubicado en Castilla y León.
c) Realizar determinados gastos subvencionables conforme lo dispuesto en estas bases, encaminados a la mejora de la competitividad de su empresa.
¿Para qué es la ayuda?:
La finalidad de estas ayudas es estimular la realización de determinados gastos para mejorar la posición competitiva de la industria agroalimentaria de Castilla y León.
Serán subvencionables los gastos de las tipologías contempladas a continuación, que cumplan las premisas y limitaciones establecidas, y cuya fecha de pago se haya realizado entre el día 1 de junio de 2024 y el 31 de mayo de 2025:
Gastos subvencionables (102 kbytes)
Cuantía:
- El porcentaje o intensidad de la ayuda será del 70% de los gastos subvencionables admisibles debidamente justificados teniendo en cuenta, en su caso, las limitaciones establecidas por tipo de gasto.
- No obstante, las ayudas individuales máximas no superarán los 105.000 euros.
¿Qué documentos necesito?
Las entidades que pretendan acceder a la línea de subvención deberán presentar una única solicitud por empresa, dirigida a la Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias, exclusivamente de manera telemática. Las solicitudes de ayuda deben ser cumplimentadas en la aplicación SCAG, estando allí identificadas como «Mejora de la competitividad de la industria agroalimentaria de Castilla y León 2025 - Línea AI1».
Una vez registrada una solicitud de ayuda ésta no será susceptible de modificación. Si una empresa concurrente a una convocatoria desea modificar su petición deberá antes renunciar expresamente a la solicitud ya registrada antes de formular una nueva solicitud, todo ello siempre dentro del plazo establecido para el registro de solicitudes.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos, y proceder a su grabación y registro:
ANEXO 1: Documentación a presentar (126 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Inversiones en Industria Agroalimentaria
Órgano que resuelve:
Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones será de 6 MESES. El plazo se computará desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud.
Notificaciones:
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)